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Documento BOE-B-2003-138110

Resolución de 30 de mayo de 2003, de la Presidencia de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones, por la que se hace pública la parte dispositiva correspondiente al apartado primero de la Resolución del Consejo de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones, de fecha 29 de mayo de 2003. (Exp. ROL 2003/476).

Publicado en:
«BOE» núm. 138, de 10 de junio de 2003, páginas 4649 a 4649 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Ciencia y Tecnología
Referencia:
BOE-B-2003-138110

TEXTO

El Consejo de la Comisión del Mercado de las

Telecomunicaciones, en la sesión celebrada el día

29 de mayo de 2003, aprobó, en el seno del

expediente ROL 2003/476, la Resolución por la que

se notifica a la entidad "Storm Telecommunications,

Ltd.", el incumplimiento de las condiciones de la

Autorización General de tipo C, de la que es titular,

a los efectos de los artículos 13 de la Ley General

de Telecomunicaciones y 7 de la Orden de

Autorizaciones Generales.

De conformidad con lo dispuesto en el

artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,

de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se

procede a notificar por este medio que, con fecha

de 29 de mayo de 2003, el Consejo de esta Comisión

ha adoptado, como punto primero de la parte

dispositiva, el siguiente Acuerdo, que figura como

anexo, en relación con el expediente administrativo

número 2003/476.

Anexo

Primero.-De conformidad con lo dispuesto en

el artículo 7 de la Orden de Autorizaciones

Generales:

- Notificar a la entidad "Storm

Telecommunications, Ltd" que se ha constatado el

incumplimiento de sus obligaciones de comunicar cambios en

los datos objetos de inscripción en el Registro de

Autorizaciones, en particular su representante en

España y domicilio a efectos de notificación, tal

y como exigen los artículos 13 de la Ley General

de Telecomunicaciones y 7 de la Orden de

Autorizaciones Generales.

- Requerir a la citada entidad para que, en el

plazo de un mes, cumpla con la obligación antes

señalada, recordándole que, en su defecto, los

artículos 13 de la Ley General de Telecomunicaciones

y 7 de la Orden de Autorizaciones Generales prevén

que se pueda dejar sin efecto la Autorización

General tipo C, de la que es titular "Storm

Telecommunications, Ltd.", mediante la tramitación del

correspondiente expediente de revocación.

Madrid, 30 de mayo de 2003.-El Presidente de

la Comisión del Mercado de las

Telecomunicaciones.-28.664.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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