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Documento BOE-B-2003-142055

Resolución de la Demarcación de Carreteras del Estado en Asturias sobre notificación de actos administrativos en expedientes de resarcimiento de daños a la carretera o a sus elementos funcionales o complementarios.

Publicado en:
«BOE» núm. 142, de 14 de junio de 2003, páginas 4859 a 4860 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-B-2003-142055

TEXTO

Por parte del Servicio de Conservación y

Explotación de la Demarcación de Carreteras del Estado

en Asturias se ha incoado un expediente de

resarcimiento de daños a la carretera o a sus elementos

funcionales o complementarios, de conformidad con

el artículo 117 del Reglamento General de

Carre

teras, aprobado por Real Decreto 1812/1996, de 2

de septiembre ("Boletín Oficial del Estado" del 23)

y, no habiendo podido ser practicada directamente

la notificación de la liquidación definitiva de los

referidos daños, es preciso acudir al procedimiento

regulado en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992,

de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común ("Boletín Oficial del Estado"

del 27), según la redacción dada por la Ley 4/1999,

de 13 de enero ("Boletín Oficial del Estado" del

14), que la modifica, y con el contenido expresado

en el artículo 61 del mismo cuerpo legal por

enten

der esta Demarcación de Carreteras que la

publicación íntegra de la propuesta de liquidación podría

lesionar derechos o intereses legítimos de los

causantes.

Nombre y apellidos: Tranfasa, S.L. Número de

expediente: 20/03-D.

La resolución de la liquidación es firme en vía

administrativa, y contra ella cabrá interponer ante

este Servicio un recurso potestativo de reposición

en el plazo de un mes, contado a partir de la presente

publicación, o directamente recurso

contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el

Tribunal Superior de Justicia de Asturias, igualmente

contados a partir de la presente publicación, sin

que pueda interponerse este segundo recurso hasta

que sea resuelto expresamente o se haya producido

la desestimación presunta del primero (artículos 116

y 117 de la Ley 30/1992, en la redacción dada

por la Ley 4/1999). El expediente está a disposición

de los interesados en la Demarcación de Carreteras

del Estado en Asturias, Plaza de España, 3, primero,

en Oviedo.

Oviedo, 26 de mayo de 2003.-D. Agustín Falcón

Bascarán, Jefe de la Demarcación.-29.360.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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