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Documento BOE-B-2003-151072

Anuncio de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones por el cual se notifica a "Iberian Network Communications, Sociedad Anónima" la iniciación de oficio del procedimiento de revocación de su licencia individual de tipo a1 por incumplimiento de sus obligaciones legales.

Publicado en:
«BOE» núm. 151, de 25 de junio de 2003, páginas 5208 a 5208 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Ciencia y Tecnología
Referencia:
BOE-B-2003-151072

TEXTO

No siendo posible practicar la notificación a la

Entidad Mercantil "Iberian Network

Communications, Sociedad Anónima" del trámite de referencia

por causas no imputables a esta Comisión del

Mercado de las Telecomunicaciones (ignorarse el

domicilio para notificaciones en España de dicha

Sociedad), y tras haberse intentado infructuosamente la

notificación por correo certificado con acuse de

recibo (los días 9 y 13 de junio de 2003), de acuerdo

con lo establecido en el artículo 59.5 de la Ley

30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico

de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común (en adelante, LRJPAC),

se procede a notificarle por este medio que, de

acuerdo con lo dispuesto por la Resolución del Consejo

de la CMT de 14 de mayo de 2003, se ha iniciado

la tramitación de un procedimiento administrativo

de revocación de su licencia individual de tipo A1

(Expediente número RO 2003/798), por no cumplir

la obligación legal de mantener un domicilio válido

en España a efectos de notificaciones, habiendo

transcurrido más de un mes desde que la CMT

le requiriese para subsanar dicha situación.

En cumplimiento de lo establecido en el artículo

42.4 de la misma LRJPAC, esta Comisión le

informa de que el plazo máximo para la resolución y

notificación de la misma es de 3 meses (artículo

42.3 de la LRJPAC) contados a partir del día 14

de mayo de 2003, fecha en la que se ha adoptado

de oficio por esta Comisión el correspondiente

Acuerdo de iniciación del procedimiento

revocatorio de referencia. La Resolución que se adopte

se notificará en los diez días siguientes a la fecha

en que hubiera sido dictada (artículo 58.2 de la

LRJPAC) y, en cualquier caso, antes de que

transcurra el plazo de 3 meses al que se refiere el párrafo

anterior. Todo ello se entenderá sin perjuicio de

las suspensiones en el transcurso del plazo que

puedan producirse (artículo 42.5 de la LRJPAC). En

defecto de notificación en plazo de la Resolución

expresa, el silencio se entenderá negativo (artículo

44.2 de la LRJPAC).

El expediente número RO 2003/798 puede

consultarse y examinarse en la sede de la Comisión

del Mercado de las Telecomunicaciones, sita en la

calle Alcalá, número 37, de Madrid.

Madrid, 17 de junio de 2003.-Por Delegación

del Consejo de la CMT (Resolución de 18.12.97;

B.O.E. núm. 25, de 29.01.1998). El Secretario de

la Comisión del Mercado de las

Telecomunicaciones.-Jaime Velázquez Vioque.-32.046.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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