El Tribunal Económico-Administrativo Central,
en Sala, en el recurso ordinario de alzada promovido
por el Director del Departamento de Inspección
Financiera y Tributaria de la A.E.A.T. contra
resolución del Tribunal Regional de Valencia de 31 de
octubre de 2000, recaída en su expediente
número 03/701/99 acerca del Impuesto sobre el Valor
Añadido, acuerda: estimarlo, revocando el fallo
impugnado y reactivando íntegramente la
liquidación practicada en su día.
Lo que notifico reglamentariamente a Vd.
advirtiéndole que contra esta resolución definitiva en vía
económico-administrativa puede interponer recurso
contencioso-administrativo ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional
en el plazo de dos meses a contar del día siguiente
a la fecha de este Edicto.
Madrid, 9 de junio de 2003.-Fdo.: Alejandro
Rebollo Álvarez Amandi.-&32.070.
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