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Documento BOE-B-2003-156114

Anuncio de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones por el cual se notifica el acuerdo para prorrogar en 3 meses más el plazo de resolución del procedimiento de revocación de la licencia individual de tipo A1 de la sociedad "Iberian Network Communications, Sociedad Anónima" (expediente número RO 2003/798).

Publicado en:
«BOE» núm. 156, de 1 de julio de 2003, páginas 5385 a 5385 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Ciencia y Tecnología
Referencia:
BOE-B-2003-156114

TEXTO

No siendo posible practicar la notificación a la

Sociedad Mercantil "Iberian Network

Communications, Sociedad Anónima" del trámite de referencia

por causas no imputables a esta Comisión del

Mercado de las Telecomunicaciones (ignorarse el

domicilio para notificaciones en España de dicha

Sociedad), de acuerdo con lo establecido en el artículo

59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de

Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas

y del Procedimiento Administrativo Común (en

adelante, LRJPAC), se procede a notificarle por este

medio que, en relación con la tramitación del

procedimiento administrativo de revocación de su

licencia individual de tipo A1 (Expediente número RO

2003/798), por no cumplir la obligación legal de

mantener un domicilio válido en España a efectos

de notificaciones, el plazo máximo para la resolución

y notificación es de 3 meses (artículo 42.3 de la

LRJPAC), contados a partir del día 14 de mayo

de 2003, fecha del acuerdo de iniciación de oficio

del mismo adoptado por esta Comisión. Sin

embargo, hay que tener en cuenta que la Sociedad "Iberian

Network Communications, Sociedad Anónima" no

dispone de un domicilio conocido para

comunicaciones en España, lo que obliga a notificarle cada

acto administrativo mediante las oportunas

publicaciones en el Boletín Oficial del Estado y en el

Tablón de Edictos del Ayuntamiento de Madrid,

localidad donde tuvo su último domicilio conocido

(artículo 59.5 de la LRJPAC), con la consiguiente

demora en la realización de cada uno de dichos

trámites y en general de la duración del

procedimiento de referencia. Por todo ello, se hace

necesario y conveniente una ampliación de los plazos

máximos de resolución del presente procedimiento

para poder tramitarlo y resolverlo de manera

adecuada y sin incurrir en una eventual caducidad del

mismo.

En consecuencia, y de conformidad con la

potestad regulada en el artículo 42.6 de la LRJPAC,

esta Comisión ha resuelto ampliar el plazo para

resolver el presente procedimiento en 3 meses más,

adicionales a los 3 meses ordinarios en curso, por

lo que el plazo para notificar la Resolución que

se dicte finalizará el próximo día 14 de noviembre

de 2003 (artículo 48.2, último inciso, de la

LRJPAC), lo cual se comunica y notifica por este

medio a la Sociedad "Iberian Network

Communications, Sociedad Anónima" y a los demás

interesados.

Madrid, 24 de junio de 2003.-Por Delegación

del Consejo de la CMT (Resolución de 18 de

diciembre de 1997, BOE núm. 25, de 29.01.1998). El

Secretario de la Comisión del Mercado de las

Telec o m u n i c a c i o n e s . - Ja i m e V e lá z q u e z V i o

-que.-32.865.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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