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Documento BOE-B-2003-186102

Resolución de la Confederación Hidrográfica del Júcar incoando expediente de Información Pública del Proyecto y Estudio de Impacto Ambiental del Restauración Mediambiental del Barranco de Logroix en Montserrat (Valencia). Clave: 08.F36.021/2111.

Publicado en:
«BOE» núm. 186, de 5 de agosto de 2003, páginas 6573 a 6574 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-B-2003-186102

TEXTO

La Presidencia de esta Confederación, con fecha

5 de junio, ha resuelto autorizar la incoación del

expediente de Información Pública del Proyecto y

del Estudio de Impacto Ambiental de la obra

indicada de acuerdo con lo establecido en el artículo

86 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de

Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas

y Procedimiento Administrativo Común, y en los

artículos 17 y 18 de la Ley de Expropiación Forzosa,

de 16 de diciembre de 1954, abriéndose un plazo

de treinta (30) días hábiles para la presentación

de alegaciones.

El presente proyecto se encuentra englobado

dentro del Marco Comunitario de Apoyo para las

regiones españolas objetivo 1 en su Programa Operativo

de la Comunidad Valenciana en la medida 3.6 de

"Protección y Regeneración del Espacio Natural"

en el contexto de los fondos FEDER 2000-2006,

del cual la Confederación Hidrográfica del Júcar

ha sido designada centro gestor.

A tal efecto se publica la presente nota-anuncio

en el Boletín Oficial del Estado, en el Boletín Oficial

de la Provincia de Valencia, en el diario de mayor

circulación de la provincia y en el Ayuntamiento

de Montserrat, a fin de que cualquier persona pueda

examinar el proyecto y formular cuantas alegaciones

considere oportunas.

Según el Decreto 162/1990, de 15 de octubre,

del Consell de la Generalitat Valenciana, por el que

se aprueba el Reglamento para la ejecución de la

Ley 2/1989, de 3 de marzo, de Impacto Ambiental

las obras objeto del Proyecto no estarán sometidas

al Estudio y Declaración de Impacto Ambiental por

no estar incluidas en ninguno de sus anejos.

Asimismo, según la Ley 6/2001, de 8 de mayo, de

modificación del Real Decreto Legislativo

1302/1986, de 28 de junio, estas obras no deben

someterse a una Evaluación de Impacto Ambiental

por no estar incluidas en los Anejos I y II de esta

disposición.

El proyecto objeto de la presente Información

Pública estará de manifiesto en la sección de

Recursos y Reclamaciones (1.a planta, despacho de

Informaciones Públicas) de la Confederación

Hidrográfica del Júcar (Avda. Blasco Ibáñez, n.o 48, 46010

Valencia) y en el Ayuntamiento de Montserrat.

No obstante y para el conocimiento general se

reseñan a continuación la finalidad y principales

obras a realizar.

El objeto del proyecto es acondicionar el cauce

del barranco de Logroix en Montserrat, a fin de

obtener su regeneración medioambiental, la mejora

de su carácter funcional y de su capacidad de

desagüe.

Para la materialización del objetivo de este

proyecto se efectuarán las siguientes actuaciones:

Extracción de sedimentos acumulados en

diferentes partes del barranco, que reducen la sección del

mismo.

Recuperación del estado original de las márgenes

modificadas por actuaciones de carácter antrópico.

Protección de márgenes erosionadas mediante

revegetación con especies mediterráneas propias de

la zona.

Restauración del lecho del cauce con gravas y

limos procedentes de la zona.

Limpieza de escombros y basuras, retirada de

ramas y saneo de especies arbóreas.

Ejecución de una senda peatonal en la margen

izquierda.

Acondicionamiento de los azudes existentes.

Construcción de una caseta como punto de

información medioambiental.

Reubicación de postes de telefonía y tuberías de

agua potable.

El presupuesto total de las obras, I.V.A. incluido,

asciende a la cantidad de 419.693,67 euros.

En el proyecto se incluye relación de bienes y

derechos afectados por la construcción de las obras,

así como la relación de propietarios.

Las alegaciones que se formulen podrán realizarse

en horas de oficina ante la Secretaría de la

Confederación Hidrográfica del Júcar (Avda. Blasco

Ibáñez, n.o 48, 46010 Valencia), en la Secretaría

General del Ayuntamiento de Montserrat o por cualquier

otro medio establecido por las disposiciones

vigentes.

Relación de bienes y derechos afectados

N.o Parcela: 178; Propietario y domicilio: D.

Joaquín Navarro Balaguer; Plaza del Raval 4,

Montserrat; Superficie Suelo No Urbanizable-Protección

paisajística: 424,76 m2; Coste Exprop. (6 euros/m2):

2.548,56 euros.

N.o Parcela: 179; Propietario y domicilio:

Ayuntamiento Montserrat; Plaza la Iglesia, 1, Montserrat;

Superficie Suelo No Urbanizable-Protección

paisajística: 54,60 m2; Coste Exprop. (6 euros.

N.o Parcela: 274; Propietario y domicilio: Dña.

Pilar Campos Juanes; Blasco Ibáñez, 54, Montserrat;

Superficie Suelo No Urbanizable-Protección

paisajística: 376,50 m2; Coste Exprop. (6 euros/m2):

2.259,00 euros.

N.o Parcela: 275; Propietario y domicilio: D.

Trinitario Tarazona Santamaría; 10 de Mayo, 35,

Paiporta; Superficie Suelo No Urbanizable-Protección

paisajística: 933,73 m2; Coste Exprop. (6 euros/m2):

5.602,38 euros.

N.o Parcela: 276; Propietario y domicilio:

M.a Consuelo Galán Cervero; Jaume I, 49,

Montserrat; Superficie Suelo No Urbanizable-Protección

paisajística: 337,25 m2; Coste Exprop. (6 euros/m2):

2.023,50 euros.

N.o Parcela: 278; Propietario y domicilio: Dña.

Carmen Ortiz Pallardó; Avenida Profesor Ibarra, 11,

Valencia; Superficie Suelo No

Urbanizable-Protección paisajística: 276,13 m2; Coste Exprop.

(6 euros.

N.o Parcela: 345; Propietario y domicilio:

Ayuntamiento Montserrat; Plaza la Iglesia, 1, Montserrat;

Superficie Suelo No Urbanizable-Protección

paisajística: 498,04 m2; Coste Exprop. (6 euros/m2):

2.988,24 euros.

N.o Parcela: 349; Propietario y domicilio: D.

Salvador Seguí Pérez; Gobernador Viejo, 16, Valencia;

Superficie Suelo No Urbanizable-Protección

paisajística: 148,39 m2; Coste Exprop. (6 euros/m2):

890,34 euros.

N.o Parcela: 471; Propietario y domicilio: D.

Francisco Vilar Chasan; Blasco Ibáñez, 38, Montserrat;

Superficie Suelo No Urbanizable-Protección

paisajística: 151,08 m2; Coste Exprop. (6 euros/m2):

906,48 euros.

N.o Parcela: 540; Propietario y domicilio:

Ayuntamiento Montserrat; Plaza la Iglesia, 1, Montserrat;

Superficie Suelo No Urbanizable-Protección

paisajística: 359,21 m2; Coste Exprop. (6 euros/m2):

2.155,26 euros.

N.o Parcela: 542; Propietario y domicilio: D.

Joaquín Navarro Balaguer; Plaza del Raval, 4,

Montserrat; Superficie Suelo No Urbanizable-Protección

paisajística: 89,03 m2; Coste Exprop. (6 euros/m2):

534,18 euros.

N.o Parcela: 543; Propietario y domicilio: D.

Trinitario Tarazona Santamaría; 11 de Mayo, 35,

Paiporta; Superficie Suelo No Urbanizable-Protección

paisajística: 105,97 m2; Coste Exprop. (6 euros/m2):

635,82 euros.

N.o Parcela: 541; Propietario y domicilio:

Ayuntamiento Montserrat; Plaza la Iglesia, 1, Montserrat;

Superficie Suelo Urbanizable-Equipamiento

dotacional: 1.902,73 m2; Coste Exprop. (38 euros/m2):

72.303,74 euros.

Coste total suelo no urbanizable de protección

paisajística: 22.528,14 eurossuelo urbanizable de

equipamiento dotacional: 72.303,74 euros.

Coste total de expropiación: 94.831,88 euros.

Valencia, 16 de julio de 2003.-El Presidente,

Fdo.: José María González Ortea.-&37.059.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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