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Documento BOE-B-2003-188020

Corrección de error en la publicación de la Resolución de la Secretaría de Estado de Infraestructuras por la que se aprueba el expediente de Información Pública y definitivamente el Estudio Informativo de clave: EI-1-E-111. "Autopista de peaje Ocaña-La Roda".

Publicado en:
«BOE» núm. 188, de 7 de agosto de 2003, páginas 6627 a 6628 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - A. Subastas y concursos de obras y servicios
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-B-2003-188020

TEXTO

Visto el informe de la Dirección General de

Carreteras sobre el estudio informativo de referencia y

en uso de la competencia establecida en la

Resolución de Delegación de Atribuciones de 30 de mayo

de 1996, resuelvo:

Primero.-Declarar que el expediente de

información pública reseñado en el asunto cumple con lo

preceptuado en los artículos 32, 33, 34 y 35 del

vigente Reglamento de Carreteras (1812/1994, de

2 de septiembre).

Segundo.-Aprobar el expediente de información

pública del estudio informativo "Autopista de peaje

Ocaña-La Roda" de clave E1-1-E-111 y

definitivamente el mismo, seleccionando como alternativa

a desarrollar en el anteproyecto la denominada: R4,

Sur-1, Sur-2, Sur-3, Cen-1, nueva conexión

Cen-1/Sur-5, Sur-5, Sur-6, Sur-7, Sur-8, Sur-9,

N-A-31-1, C-6 y Cen-6, en el estudio y consistente

en una autopista de peaje de 148,3 km de longitud,

y un presupuesto de ejecución por contrata de

462,129 Meur.

Tercero.-En el anteproyecto que desarrolle la

solución aprobada definitivamente se tendrán en

cuenta las prescripciones siguientes:

Primera: El enlace de la Autopista con la R-4

y la N-IV se realizará completando el enlace que

actualmente se está construyendo entre estas dos

últimas vías, respetando en todo caso los

movimientos principales del enlace en construcción. Los

movimientos entre la N-IV sentido Madrid y la autopista

serán de tipo directo.

Segunda: Con objeto de facilitar las

comunicaciones en el entorno de Ocaña se implantará un

enlace que conectará la Autopista con la N-301

y la carretera Dos Barrios-Noblejas (p.k. 5+100 de

la alternativa Sur). El tramo entre este enlace y

el enlace con la N-IV será de utilización libre para

el tráfico local.

Tercera: Se ajustará el trazado en el p.k. 13+750

para lograr que la arista exterior de la explanación

quede a 100 m del límite de la ZEPA "Área esteparia

de la Mancha Norte".

Cuarta: Entre el p.k. 4+000 y el p.k. 8+000 de

la alternativa sur se coordinará el trazado de la

autopista con el de la línea de alta velocidad

Madrid-Castilla la Mancha.

Quinta: Con objeto de minimizar el movimiento

de tierras en el enlace con la A-42 (p.k. 120+000

de la alternativa Centro) se coordinará el trazado

en alzado de la autopista con el de la autovía A-42

previsto en el proyecto de construcción

correspondiente, modificando este último si fuera necesario.

Sexta: Se implantarán dos nuevos enlaces en el

tramo libre entre la A-42 y la A-31. El primero

estará situado en el p.k. 127+500 de la alternativa

centro en el cruce con la carretera de Los Estesos

y el segundo en el p.k. 132+700 de la alternativa

centro en el cruce con la carretera de Minaya a

San Clemente.

Séptima: Entre el p.k. 134+500 y el p.k. 136+500

de la alternativa centro se modificará el trazado

desplazándolo ligeramente hacia el Norte con el

fin de evitar la alineación recta prevista en el Estudio

informativo.

Octava: Se ajustará el trazado de forma que se

minimicen las afecciones a particulares sin afectar

a terceros.

La presente resolución pone fin a la vía

administrativa de conformidad con lo dispuesto en el

artículo 109.c) de la Ley de Régimen de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común y, contra la misma se puede

interponer recurso potestativo de reposición, ante el

Ministro del Departamento, o bien directamente

recurso contencioso-administrativo ante la

Audiencia Nacional. El plazo para interponer dichos

recursos es, respectivamente, de uno (1) o dos (2) meses

a partir del día siguiente al de la publicación de

aquélla en el "Boletín Oficial del Estado", sin que

quepa formular el recurso

contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya

producido la desestimación presunta del recurso de

reposición interpuesto.

Madrid, 30 de julio de 2003.-El Excmo. Sr.

Ministro de Fomento, P. D. (Resolución Delegada de

Atribuciones, 30/05/96), el Excmo. Sr. Secretario

de Estado de Infraestructuras, Benigno Blanco

Rodríguez.

Toledo, 6 de agosto de 2003.-El Jefe de la

Demarcación.-38.816.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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