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Documento BOE-B-2003-189084

COLEGIO OFICIAL DE APAREJADORES Y ARQUITECTOS TÉCNICOS DE MADRID

Publicado en:
«BOE» núm. 189, de 8 de agosto de 2003, páginas 6690 a 6690 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - C. Anuncios particulares
Departamento:
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Referencia:
BOE-B-2003-189084

TEXTO

El Tribunal de Defensa de la Competencia (TDC)

ha dictado, con fecha 16 de junio de 2003,

Resolución incidental en el expediente 397/97,

Aparejadores Madrid (1316/15 del Servicio de Defensa

de la Competencia) para ejecutar la Sentencia de

la Audiencia Nacional de 13 de octubre de 2000

(que desestimó el recurso

contencioso-administrativo interpuesto por el Colegio Oficial de

Aparejadores y Arquitectos Técnicos de Madrid, contra

la Resolución de este Tribunal de 10 de julio

de 1998, recaída en el citado expediente), Sentencia

que ha quedado firme, así como la Resolución del

TDC, al haberse archivado, por Auto del Tribunal

Supremo de 31 de mayo de 2002, el recurso de

casación en interés de Ley, interpuesto contra dicha

Sentencia.

En cumplimiento de la citada Resolución

incidental de 16 de junio de 2003, se publica la parte

dispositiva de la Resolución de 10 de julio de 1998:

"Primero.-Declarar que en el presente expediente

se ha acreditado la realización de una práctica

restrictiva de la competencia, prohibida por el

apartado 6.1 de la Ley 16/89, consistente en la negativa

de visado a un encargo profesional en tanto no

se deposite fianza que garantice el pago de los

honorarios discutidos con un profesional anterior.

Se considera autor de dicha práctica restrictiva

de la competencia al Colegio Oficial de

Aparejadores y Arquitectos Técnicos de Madrid.

Segundo.-Imponer al Colegio Oficial de

Aparejadores y Arquitectos Técnicos de Madrid una

multa de 1.000.000 de pesetas.

Tercero.-Intimar al autor de la práctica declarada

prohibida para que en lo sucesivo se abstenga de

adoptar decisiones semejantes a la anterior.

Cuarto.-Ordenar al Colegio Oficial de

Aparejadores y Arquitectos Técnicos de Madrid dar

traslado de esta Resolución a todos sus Colegiados en

el plazo de un mes a contar de su notificación.

Quinto.-Ordenar la publicación de la parte

dispositiva de esta Resolución en el Boletín Oficial

del Estado, a costa del Colegio Oficial de

Aparejadores y Arquitectos Técnicos de Madrid."

Madrid, 22 de julio de 2003.-El Secretario del

Colegio Oficial de Aparejadores y Arquitectos

Técnicos de Madrid, Alfonso Rodríguez de Trío y

Domingo.-37.387.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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