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Documento BOE-B-2003-21081

SAFEI GLOBAL RENTA, FIMF (Fondo absorbente) FONGLOBAL GESTION, FIM (Fondo absorbido)

Publicado en:
«BOE» núm. 21, de 24 de enero de 2003, páginas 540 a 540 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - C. Anuncios particulares
Departamento:
Anuncios particulares
Referencia:
BOE-B-2003-21081

TEXTO

Anuncio de fusión por absorción de fondos de

inversión y de sustitución de entidad depositaria.

Con fecha 26 de noviembre de 2002 el Consejo

de Administración de "Inversafei, Sociedad

Anónima", SGIIC (Sociedad unipersonal), como entidad

gestora, aprobó, por unanimidad, el acuerdo de

fusión por absorción de los Fondos señalados en

el encabezamiento.

Asimismo, "Banco Santander Central Hispano,

Sociedad Anónima", como entidad depositaria de

Safei Global Renta FIMF y HSBC Bank PLC,

sucursal en España, como entidad depositaria de

Fonglobal Gestión, FIM aprobaron el citado acuerdo

de fusión con fechas 4 de noviembre y 28 de

septiembre de 2002, respectivamente.

Mediante resolución adoptada el 26 de diciembre

de 2002, la Comisión Nacional del Mercado de

Valores ha autorizado el proyecto de fusión de los

citados fondos, presentado por dichas entidades, en

el que se recoge la fusión por absorción de Fonglobal

Gestión, FIM por Safei Global Renta, FIMF, con

disolución sin liquidación del fondo absorbido y

transmisión en bloque de todos sus activos y pasivos

al fondo absorbente, sucediendo éste último a título

universal en todos sus derechos y obligaciones al

fondo absorbido.

Se informa de que se modificarán los

artículos 5, 7, 12 y 13 del Reglamento de Gestión del

Fondo Absorbente, al objeto de, entre otros, sustituir

a "Banco Santander Central Hispano, Sociedad

Anónima" por HSBC Bank PLC, sucursal en

España, como entidad depositaria e incluir la posibilidad

de establecer descuentos a favor del fondo por la

suscripción y reembolso de participaciones.

La Comisión Nacional del Mercado de Valores

ha autorizado la solicitud presentada para la

sustitución de la entidad depositaria, considerando las

demás modificaciones de escasa relevancia,

mediante resoluciones adoptadas el 26 de diciembre

de 2002. Además, se modificará el folleto explicativo

de este mismo fondo, con el objeto de:

Eliminar el límite del 4 por 1000 del patrimonio

nominal custodiado, como comisión máxima que

puede percibir el depositario.

Establecer el porcentaje anual máximo que,

directa o indirectamente, puede soportar el fondo de

fondos, en concepto de comisión de gestión y gastos

asimilables, que será del 3,5 por 100 anual sobre

el patrimonio gestionado.

Sobre la parte del patrimonio invertido en IIC

del grupo, el porcentaje efectivamente aplicado,

directa e indirectamente, no superará el 2,25

por 100 anual sobre el patrimonio.

Fijar el porcentaje anual máximo sobre

patrimonio que, directa o indirectamente, puede soportar

el fondo de fondos, en concepto de comisión de

depositario y gastos asimilables, que será del 0,5

por 100 anual sobre el patrimonio custodiado. Sobre

la parte del patrimonio invertido en IIC del grupo,

cuyo depositario pertenezca al mismo grupo, el

porcentaje efectivamente aplicado no superará el 0,2

por 100 anual sobre patrimonio custodiado.

Modificar el porcentaje de inversión del

patrimonio, a través de instituciones de inversión

colectiva, que se va a situar entre el 50 por 100 y

el 75 por 100, manteniéndose, en lo demás, la

política de inversiones actual del fondo absorbente, que

incluye la posibilidad de operar con instrumentos

financieros derivados, en mercados organizados y

no organizados, con la finalidad de cobertura y como

inversión, de acuerdo con la normativa vigente y

la memoria de medios de la sociedad gestora.

Asimismo, se informa a los partícipes de los

fondos afectados del derecho de separación que les

asiste, ejercitable en el plazo de un mes, a contar

desde la publicación de este anuncio o de la remisión

individualizada, a los mismos, de la oportuna

comunicación, si ésta fuera posterior, sin deducción de

comisiones de reembolso ni gasto alguno.

Igualmente, se informa del derecho de los

acreedores de los fondos afectados a oponerse a la fusión,

en el plazo de un mes a contar desde la publicación

del último anuncio de fusión, de acuerdo con la

vigente Ley de Sociedades Anónimas.

El proyecto de fusión se puede consultar en la

Comisión Nacional del Mercado de Valores y en

el domicilio de la sociedad gestora.

Madrid, 14 de enero de 2003.-La Secretaria del

Consejo de Administración de "Inversafeo,

Sociedad Anónima" SGIIC, Belén Maldonado

Picón.-1.130.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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