"Gestora Navarra de Inversiones, Sociedad
Anónima", Sociedad Gestora Instituciones Inversión
Colectiva, entidad gestora de "Rentanavarra, Fim",
comunica, en cumplimiento de lo establecido en
el artículo 35.2 del Reglamento de Instituciones de
Inversión Colectiva, que, junto con el Depositario
"Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Navarra",
han solicitado y obtenido autorización de la
Comisión Nacional del Mercado de Valores para
modificar el Reglamento de Gestión del Fondo mediante
la elaboración de un texto refundido que recoge,
entre otros aspectos el cambio de denominación,
el cambio en el valor liquidativo aplicable a
suscripciones y reembolsos así como el cambio en la
política de inversión. Las modificaciones son las
siguientes:
La política de inversión: La vocación inversora
de "Rentanavarra, Fim" (que cambiará su
denominación a "Can Selección, Fimf") se define como
Global e invertirá su patrimonio de forma
mayoritaria en IICs nacionales y/o extranjeras (ya sea
de renta fija o de renta variable) que utilizan métodos
de gestión alternativa sobre activos de cualquier tipo
y métodos de gestión cuantitativa de valoración de
activos, para explotar las ineficiencias que se
producen en los mercados.
La denominación Fondo: Como consecuencia de
la nueva política de inversión, el Fondo modificará
su denominación que pasará a ser "Can Selección,
Fimf".
El valor liquidativo aplicable: El valor liquidativo
aplicable a las suscripciones y reembolsos solicitados
pasará a ser el del día siguiente al de la fecha de
solicitud, entendiendo como fecha de solicitud para
las suscripciones la fecha en que tome valor el
importe de la suscripción en la cuenta del fondo.
Las Comisiones: Las Comisiones a aplicar serán:
Comisión de gestión: 1,50 por 100 anual sobre
el patrimonio efectivo.
Comisión depositario: 0,10 por 100 anual sobre
el patrimonio efectivo.
Comisión de suscripción: No se aplicará comisión
de suscripción.
Comisión de reembolso: No se aplicará comisión
de reembolso.
Adicionalmente informar de las comisiones
máximas que, directa o indirectamente, puede soportar
este Fimf:
El porcentaje anual máximo que directa o
indirectamente puede soportar este Fondo de Fondos
en concepto de comisión de gestión y gastos
asimilables es del 4 por 100 sobre el Patrimonio y
el 25 por 100 sobre los Resultados.
El porcentaje anual máximo sobre el patrimonio
que, directa o indirectamente puede soportar este
Fondo de Fondos en concepto de comisión de
depositario y gastos asimilables es del 1,00 por 100.
La sociedad gestora no invertirá en IIC's del
grupo.
Estos cambios entrarán en vigor a partir de la
fecha de inscripción del nuevo folleto informativo
en los Registros de la Comisión Nacional del
Mercado de Valores.
Estos cambios en la política de inversión otorgan
el derecho de los partícipes a optar, en el plazo
de un mes a partir de la fecha de esta publicación,
por el reembolso de sus participaciones sin
deducción de comisión o descuento de reembolso ni gasto
alguno, por el valor liquidativo del día en que se
produzca la correspondiente actualización del
Folleto en el Registro de la Comisión Nacional del
Mercado de Valores.
Pamplona, 16 de enero de 2003.-El Secretario
del Consejo, Miguel Pascual Cuesta González.-1.866.
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