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Documento BOE-B-2003-289085

Resolución de la Secretaría de Estado de Infraestructuras por la que se modifica parcialmente la Resolución de fecha 28 de abril de 2003 por la que se aprueba el expediente de información pública y definitivamente el "Documento complementario al estudio informativo del proyecto de la Línea de Alta Velocidad Madrid-Castilla La Mancha-Comunidad Valenciana-Región de Murcia. Acceso a Alicante/Elche".

Publicado en:
«BOE» núm. 289, de 3 de diciembre de 2003, páginas 10259 a 10260 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-B-2003-289085

TEXTO

1. Antecedentes

Con fecha 21 de diciembre de 1999 la Secretaría

de Estado de Infraestructuras aprobó técnicamente

el "Estudio Informativo del Proyecto de la Línea

de Alta Velocidad Madrid-Castilla La

Mancha-Comunidad Valenciana-Región de Murcia. Acceso a

Alicante/Elche", siendo sometido dicho estudio a

Información Pública, mediante publicación del

pertinente anuncio en el B.O.E de 23 de diciembre

de 1999.

Como consecuencia de las alegaciones

presentadas durante la Información Pública y Oficial, se

desarrollaron diversas variantes que conformaban

nuevas alternativas de trazado, que se analizaron

en un Documento Complementario al Estudio

Informativo.

Con fecha 12 de septiembre de 2000 la Secretaría

de Estado de Infraestructuras aprobó técnicamente

el "Documento Complementario al Estudio

Informativo del Proyecto de la Línea de Alta Velocidad

Madrid-Castilla La Mancha-Comunidad

Valenciana-Región de Murcia. Acceso a Alicante/Elche".

Dicho Documento Complementario fue sometido

al trámite de Información Pública, mediante

publicación de anuncio en el B.O.E de 15 de septiembre

de 2000, de acuerdo con lo establecido en la

L.O.T.T. y en el Real Decreto Legislativo 1302/86

de Evaluación de Impacto Ambiental (así como en

sus modificaciones).

El Estudio Informativo inicial tenía por objeto

la definición y análisis de las distintas alternativas

de proyecto que justificadamente pudieran

plantearse para el Acceso a Alicante y a Elche, desde la

nueva Línea de Alta Velocidad Madrid-Castilla La

Mancha-Comunidad Valenciana-Región de Murcia.

Las soluciones desarrolladas en el Estudio

Informativo inicial para el acceso a Alicante y a Elche

conectaban con la Línea de Alta Velocidad

Madrid-Albacete-Valencia en las inmediaciones de

La Encina, para a continuación definir tres

soluciones de acceso a Alicante. El acceso a Elche,

para el que se han definido seis soluciones, parte

de los corredores de Alicante en el entorno del

municipio de Monforte.

Como consecuencia de las alegaciones al Estudio

Informativo se introdujeron variantes, cuyas

soluciones se desarrollan en el Documento

Complementario.

Los 25 kilómetros iniciales son comunes. El

trazado comienza en las inmediaciones de La Encina,

discurriendo inicialmente por el corredor de

infraestructuras conformado por la línea férrea y la autovía

Madrid-Alicante, para separarse y discurrir a unos

3 km al Oeste de la línea existente y casi en paralelo

hasta el límite de los municipios de Villena y Sax,

en donde se diferencian dos corredores:

Corredor Este: Esta solución sigue discurriendo

casi en paralelo a la línea de ancho RENFE

Madrid-Alicante, por los términos municipales de

Sax y Elda, para continuar por el Este de Monovar

y girar a la derecha hasta situarse de nuevo en

paralelo a la línea existente hasta las inmediaciones de

la estación de Agost, donde gira hacia el Sur para

bordear la Sierra Mediana y penetrar en Alicante

por el actual corredor ferroviario.

Para acceder a Elche esta alternativa plantea dos

soluciones.

Corredor Oeste: A partir del PK 24,650 el trazado

gira para bordear la Sierra Cabrera por su lado

occidental, continuando por el Este de la Laguna

de Salinas, atravesando en túnel la Sierra de la

Umbría, por el Oeste de Monóvar y de la Sierra

de las Pedrizas, para girar con sentido Oeste-Este

entre los municipios de Novelda y Aspe, atraviesa

en túnel el Portichol, para volver a unirse al corredor

Este y penetrar en Alicante.

Esta alternativa también plantea dos soluciones

de acceso a Elche.

Ambas alternativas accedían a Alicante por el

corredor ferroviario actual a nivel de superficie.

Como resultado del proceso de Información

Pública se recibieron 11.938 alegaciones.

Con fecha 5 de julio de 2000, la Subdirección

General de Planes y Proyectos de Infraestructuras

Ferroviarias solicitó a la Dirección General de

Calidad y Evaluación Ambiental del Ministerio de

Medio Ambiente la convalidación del trámite de

Consultas Previas por el primer proceso de

Información Pública y Oficial.

El 5 de febrero de 2001 la Dirección General

de Calidad y Evaluación Ambiental del Ministerio

de Medio Ambiente remitió a la Dirección General

de Ferrocarriles del Ministerio de Fomento la

convalidación del trámite de Consultas previas.

En marzo de 2001, se remitió el expediente a

la Dirección General de Calidad y Evaluación

Ambiental del Ministerio de Medio Ambiente,

solicitando la preceptiva Declaración de Impacto

Ambiental.

La Declaración de Impacto Ambiental, relativa

al "Documento Complementario al Estudio

Informativo del Proyecto de la Línea de Alta Velocidad

Madrid-Castilla La Mancha-Comunidad

Valenciana-Región de Murcia. Acceso a Alicante/Elche se

formuló por la Secretaría General de Medio

Ambiente el 28 de febrero de 2003, y se publicó

en el B.O.E. de fecha 19 de marzo de 2003.

El 28 de Abril de 2003 fue aprobado el expediente

de Información pública y oficial y definitivamente

el "Documento Complementario al Estudio

Informativo del Proyecto de la Línea de Alta Velocidad

Madrid-Castilla La Mancha-Comunidad

Valenciana-Región de Murcia. Acceso a Alicante/Elche",

seleccionando como alternativa a desarrollar en los

proyectos constructivos la definición a escala

1/5.000 de la solución Este-Elche 2, complementada

con la Addenda que incluye una variante entre los

pp.kk. 58 + 822 y 68 + 636 de Acceso a Alicante

que fue remitida a la Dirección General de Calidad

y Evaluación Ambiental del Ministerio de Medio

Ambiente.

2. Justificación de la modificación de la

Resolución

El 7 de mayo de 2003 se firmó el Convenio entre

el Ministerio de Fomento, la Generalitat Valenciana,

el Ayuntamiento de Alicante, RENFE y GIF, para

la remodelación de la red arterial ferroviaria de la

ciudad de Alicante. Entre los objetivos acordados

se encuentra el soterramiento del pasillo ferroviario

de acceso a la Estación desde el entorno de la futura

Vía Parque con el fin de posibilitar la

permeabilización del actual trazado y liberar el suelo necesario

para la realización de la operación urbanística. Esta

liberación de suelo ferroviario permitirá generar

unas plusvalías económicas que, adecuadamente

reinvertidas, podrán destinarse a costear las

actuaciones infraestructurales y urbanísticas necesarias.

La zona de actuación denominada "canal de

acceso" en el Estudio Informativo del Proyecto de

Remodelación de la Red Arterial Ferroviaria de Alicante

de septiembre de 2003 coincide con el tramo final

del Estudio Informativo del Proyecto de la Línea

de Alta Velocidad Madrid-Castilla La

Mancha-Comunidad Valenciana-Región de Murcia. Acceso a

Alicante/Elche. Las diferencias entre ambos

estudios en este tramo estriban básicamente en su perfil

longitudinal, mientras en el Proyecto La

EncinaAlicante los trazados se plantean en superficie en

el estudio de la RAF de Alicante el trazado discurre

soterrado en su totalidad para dar cumplimiento

al convenio citado en el párrafo anterior.

El 19 de junio de 2003 se solicitó a la Dirección

General de Calidad y Evaluación Ambiental la

exención de evaluación de impacto ambiental del canal

de acceso a Alicante soterrado. El trazado del canal

se corresponde con el definido en el Estudio

Informativo de la Línea de Alta Velocidad La

EncinaAlicante que ya dispone de DIA (BOE 19/03/2003).

El tramo se encuadra en el apartado k) del grupo

9 del anexo II de la Ley 9/2001.

La exención de evaluación de impacto ambiental

ha sido emitida por la Dirección General de Calidad

y Evaluación Ambiental el 6 de noviembre de 2003,

por tanto en lo relativo al canal de Alicante soterrado

es de aplicación esta última resolución.

3. Resolución

A la vista de todo lo expuesto, esta Secretaría

de Estado resuelve lo siguiente:

Primero.-Modificar parcialmente la Resolución

de la Secretaria de Estado de Infraestructuras de

28 de abril de 2003 (B.O.E. de 10 de mayo de

2003) por la que se aprueba el expediente de

Información pública y oficial y definitivamente el

"Documento Complementario al Estudio Informativo

del Proyecto de la Línea de Alta Velocidad

Madrid-Castilla La Mancha-Comunidad

Valenciana-Región de Murcia. Acceso a Alicante/Elche"

añadiendo la siguiente cláusula complementaria:

El trazado del canal de acceso a la estación de

Alicante aprobado en dicha Resolución se

modificará para permitir el soterramiento de dicho canal

y se desarrollará de acuerdo con el Estudio

Informativo del Proyecto de Remodelación de la Red

Arterial Ferroviaria de Alicante de septiembre

de 2003.

Segundo.-Contra la presente Resolución, que

pone fin a la vía administrativa, cabe interponer

ante esta Secretaría de Estado, en el plazo de un

mes, recurso potestativo de reposición, al amparo

d e l o s a r t í c u

-los 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de

noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo

Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de

enero. Asimismo, en el plazo de dos meses, podrá

interponerse recurso contencioso-administrativo

ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de

la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido

en el artículo 11.1 de la Ley 29/1998 de 13 de

julio. Dicho recurso no podrá ser interpuesto hasta

que el anterior recurso potestativo de reposición

sea resuelto expresamente o se haya producido la

desestimación presunta.

Madrid, 7 de noviembre de 2003.-El Secretario

de Estado de Infraestructuras, Benigno Blanco

Rodríguez.-52.992.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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