Por Resolución de la Dirección General de
Carreteras, de fecha 6 de octubre de 2003, se aprueba
el proyecto de construcción arriba indicado, siendo
de aplicación lo dispuesto en el artículo 77 de la
Ley 27/2001, de diciembre, de Medidas Fiscales,
Administrativas y del Orden Social (Boletín Oficial
del Estado de 31 de diciembre) por la que se
modifican los apartados 1 y 2 del artículo 8 de la
Ley 25/1988, de 29 de julio, de Carreteras, a cuyo
tenor la aprobación del proyecto lleva implícita la
declaración de utilidad pública y de urgente
ocupación de los bienes afectados por dicha obra.
Asimismo, se ordena el inicio del correspondiente
expediente de expropiación. La tramitación de éste se
ha de ajustar, por tanto, al procedimiento de
urgencia previsto en los artículos 52 de la vigente Ley
de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de
1954, y concordantes de su Reglamento, de 26 de
abril de 1957.
En consecuencia, esta Demarcación, haciendo uso
de las facultades que le otorga el artículo 98 de
la LEF, y atendiendo a lo señalado en las
reglas 2.a y 3.a de su artículo 52, ha resuelto convocar
a los propietarios que figuran en la relación que
se hará pública en el Boletín Oficial de la Provincia
de Córdoba, y que se encuentra expuesta en el tablón
de anuncios del Ayuntamiento de Aguilar de la
Frontera, así como en el de esta Demarcación de
Carreteras y en la Unidad de Carreteras de Córdoba,
para que asistan al levantamiento de las actas previas
a la ocupación en el Ayuntamiento, en el día y
en la hora que se indican en dicha relación. (Anexo
que se acompaña.)
Además de los medios antes citados, se dará
cuenta del señalamiento a los interesados, mediante
citación individual y a través de la inserción del
correspondiente anuncio en diarios provinciales y en el
"Boletín Oficial del Estado". Esta última
publicación, a tenor de lo dispuesto en el artículo 59.4
de la Ley de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, servirá como notificación a los posibles
interesados no identificados, a los titulares de bienes
y derechos afectados que sean desconocidos, y a
aquellos de los que se ignore su paradero.
A dicho acto deberán comparecer los titulares
de bienes y derechos que se expropian
personalmente o representados por persona debidamente
autorizada, aportando los documentos acreditativos
de su titularidad (original y copia de escrituras),
y el último recibo del Impuesto sobre Bienes
Inmuebles, pudiendo hacerse acompañar, a su costa de
Peritos y Notario.
Es de señalar que esta publicación se realiza,
además a los efectos de información pública
contemplados en los artículos 17.2, 18 y 19.2 de la LEF,
para que en el plazo de quince días (que, conforme
establece el artículo 56.2 del Reglamento de
Expropiación Forzosa, podrán prorrogarse hasta el
momento en que se proceda al levantamiento de
la citadas actas previas a la ocupación), los
interesados podrán formular, por escrito, ante esta
Demarcación de Carreteras, avenida de La Palmera,
24-26, 41012 Sevilla, o en la Unidad de Carreteras
de Córdoba, avenida de los Mozárabes, 1, 14071
Córdoba, alegaciones a los solos efectos de subsanar
posibles errores que se hayan producido al relacionar
los bienes afectados por la urgente ocupación.
Los planos parcelarios y la relación de interesados
y bienes afectados podrán ser consultados en las
dependencias antes citadas.
Sevilla, 6 de noviembre de 2003.-El Jefe de la
Demarcación, Pedro C. Rodríguez
Armenteros.-52.967.
Relación de Bienes y Derechos (ver imágenes páginas 10289 a 10291)
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