A los efectos previstos en los artículos 125 y 144
del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre
("Boletín Oficial del Estado" del 27), normativa que
resulta de aplicación supletoria, así como en lo
previsto en los artículos 52, 53 y 54 de la Ley 54/1997,
de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, además
de la vigente Ley de Expropiación Forzosa y su
Reglamento, que también resultan de aplicación
supletoria conforme a lo dispuesto en el artículo
55 de la Ley 54/1997, y en el artículo 31 del Decreto
50/1991, de 29 de abril ("Boletín Oficial de
Cantabria" de 14 de mayo), de evaluación de impacto
ambiental para Cantabria, se somete al trámite de
información pública la petición de autorización
administrativa y declaración, en concreto, de utilidad
pública, para la construcción de la instalación
eléctrica:
L. A. T. aérea a 220 kV conexión de los Parques
Eólicos de Lantueno y Somballe con la Subestación
transformadora de Aguayo.
Peticionario: "Boreas Eólica, Sociedad Anónima".
Domicilio: Avenida del Cid, número 3, 3.o A,
09003 Burgos.
Lugar donde se va a establecer la instalación:
Términos municipales de Santiurde de Reinosa, San
Miguel de Aguayo y Molledo.
Finalidad de la instalación: Realizar la
construcción de la línea de alta tensión para la evacuación
de la energía de los Parques Eólicos de Lantueno
y Somballe a la Subestación transformadora de
Aguayo.
Características de la instalación:
Tensión nominal: 220 kV.
Longitud: 12.605 metros.
Conductor: LA-380.
Apoyos: Metálicos de celosía. Galvanizados.
Series Condor de Imedexsa o similar.
Origen: Apoyo número 1 (inicio de la línea en
el P. E. de Lantueno).
Final: Apoyo número 42 (fin de la línea).
Presupuesto: 1.838.459,44 euros.
La declaración, en concreto, de utilidad pública
en virtud de lo establecido en el artículo 54 de
la Ley 54/1997, llevará implícita en todo caso la
necesidad de ocupación de los bienes o de
adquisición de los derechos afectados e implicará la
urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la
Ley de Expropiación Forzosa. En el correspondiente
expediente expropiatorio la peticionaria de la
instalación asumirá, en su caso, la condición de entidad
beneficiaria.
Lo que se hace público para conocimiento general
y especialmente para los propietarios de los terrenos
y demás titulares afectados por la ejecución de las
obras, cuya relación se inserta al final de este
anuncio, todo ello en orden a que por cualquier interesado
pueda ser examinado el proyecto de la instalación
en la Dirección General de Industria, sita en la
calle Castelar, número 13, principal derecha, 39004
Santander, y formularse al mismo tiempo, en el
plazo de veinte días, contado a partir del día
siguiente al de la publicación de este anuncio, cualesquiera
alegaciones que se consideren oportunas, incluyendo
las procedentes, en su caso, por razón de lo
dispuesto en el artículo 161 del Real Decreto
1955/2000, así como aportar por escrito los datos
oportunos para subsanar posibles errores en la
relación indicada.
Asimismo, la presente publicación se realiza a
loa efectos de notificación previstos en el apartado
4 del artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de
13 de enero.
Santander, 18 de diciembre de 2002.-El Director
general de Industria, Pedro Obregón
Cagigas.-3.370.
ANEXO (ver imágenes páginas 955 a 957).
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid