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Documento BOE-B-2003-37110

SBD INTERNACIONAL 3 GARANTÍA FONDO DE INVERSIÓN MOBILIARIA Nueva denominación: SABADELL GARANTÍA INTERNACIONAL 3 FONDO DE INVERSIÓN MOBILIARIA (Fondo absorbente) SBD INTERNACIONAL 4 GARANTÍA FONDO DE INVERSIÓN MOBILIARIA (Fondo absorbido)

Publicado en:
«BOE» núm. 37, de 12 de febrero de 2003, páginas 1136 a 1136 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - C. Anuncios particulares
Departamento:
Anuncios particulares
Referencia:
BOE-B-2003-37110

TEXTO

Anuncio de fusión por absorción

En cumplimiento de lo previsto en el

artículo 23, bis, segundo, de la Ley 46/1984, de 26 de

diciembre, reguladora de las Instituciones de

Inversión Colectiva, se hace público:

Que, con fecha 26 de noviembre de 2002, el

Consejo de Administración de "Bansabadell

Inversión, Sociedad Anónima, Sociedad Gestora de

Instituciones de Inversión Colectiva, Sociedad

Unipersonal", como sociedad gestora, y que, en fecha 23

de octubre de 2002, el Consejo de Administración

de "Banco Sabadell, Sociedad Anónima", como

entidad depositaria de los fondos SBD Internacional

3 Garantía, Fondo de Inversión Mobiliaria (fondo

absorbente), y SBD Internacional 4 Garantía, Fondo

de Inversión Mobiliaria (fondo absorbido), tomaron,

por unanimidad, el acuerdo de fusión por absorción

de los mencionados fondos.

Que, con fecha 7 de febrero de 2003, la Comisión

Nacional del Mercado de Valores ha autorizado el

proyecto de fusión de los citados fondos presentado

por dichas entidades, en el que se recoge la fusión

por absorción de los mismos, con disolución sin

liquidación de la institución absorbida y transmisión

en bloque de todos sus activos y pasivos a la

institución absorbente, que modifica su denominación

por la de Sabadell Garantía Internacional 3 Fondo

de Inversión Mobiliaria y sucede a título universal

en todos sus derechos y obligaciones a la absorbida.

Que, como consecuencia de lo anterior, aquellos

partícipes del fondo que lo deseen pueden ejercitar

mediante manifestación expresa el derecho de

separación que les asiste, durante el plazo de treinta

días, a contar desde la fecha de publicación de este

anuncio, o de la fecha de remisión de las

comunicaciones, si ésta fuera posterior, sin deducción

de comisión o descuento de reembolso, si

existieran, y en las especiales condiciones que establece

el artículo 23, bis, segundo, de la Ley 46/1984,

de 26 de diciembre, pero sin evitar por ello el efecto

fiscal que resulte en cada caso.

Que, asimismo, los acreedores de los fondos

participantes en la fusión podrán oponerse a la misma

en el plazo de un mes, a contar desde la fecha

de publicación del último anuncio de fusión, en

los términos establecidos en el artículo 166 del texto

refundido de la Ley de Sociedades Anónimas.

Que, de conformidad con lo establecido en los

artículos 242 y 243 del texto refundido de la Ley

de Sociedades Anónimas, se hace constar que los

partícipes y acreedores tienen el derecho de solicitar

y obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados

y del proyecto de fusión.

Sabadell, 10 de febrero de 2003.-El Secretario

del Consejo de Administración de "Bansabadell

Inversión, Sociedad Anónima, Sociedad Gestora de

Instituciones de Inversión Colectiva, Sociedad

Unipersonal", Carlos Manjarín Albert.-4.854.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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