Por medio del presente anuncio, una vez agotados
previamente los medios de notificación previstos
en el artículo 59 de la Ley de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, en su redacción dada
por la Ley 4/1999, de 13 de enero, se pone en
conocimiento de la entidad Federación de
Asociaciones Romaníes Andaluzas, que tuvo su último
domicilio conocido en la calle Palestina, números 4
y 6, entreplanta, 29007 Málaga.
Que con fecha 22 de enero de 2003 se ha dictado
por la Secretaria general de Asuntos Sociales
resolución declarativa de incumplimiento parcial de la
justificación de la aplicación de la subvención
percibida con cargo a la convocatoria del Impuesto
sobre la Renta de las Personas Físicas 1998 y la
obligación de proceder al reintegro de 6.247,40
euros (1.042.808 pesetas) correspondientes a la
incorrecta justificación de parte de la subvención
percibida, según detalle que figura en el anexo que
la acompaña y que se encuentra a su disposición
en la Dirección General de Acción Social del Menor
y de la Familia.
De la citada resolución, de conformidad con lo
previsto en el artículo 3 de la Orden de Economía
y Hacienda de 23 de julio de 1996 se dará traslado,
en el plazo de diez días, a la Delegación Provincial
de Economía y Hacienda correspondiente a su
domicilio, a fin de que inicie el procedimiento de
recaudación de reintegro.
Lo que se notifica para su conocimiento y efectos,
significándose que la presente Resolución pone fin
a la vía administrativa, pudiendo interponerse contra
la misma recurso potestativo de reposición ante el
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, en el plazo
de un mes, contando a partir del día siguiente al
de su recepción, de conformidad con lo establecido
en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, en su redacción dada por
la Ley 4/1999, o bien impugnarse directamente ante
la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la
Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses
contados en la forma indicada, de acuerdo con lo
previsto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora
de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Madrid, 28 de enero de 2003.-Pilar Dávila del
Cerro.-4.016.
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