Está Vd. en

Documento BOE-B-2003-56067

Resolución de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, de 21 de febrero de 2003, de notificación de la revocación de la autorización administrativa otorgada a la empresa "Anrosia, Sociedad Limitada", para el establecimiento de un depósito fiscal de bebidas alcohólicas.

Publicado en:
«BOE» núm. 56, de 6 de marzo de 2003, páginas 1768 a 1768 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Hacienda
Referencia:
BOE-B-2003-56067

TEXTO

Por el Departamento de Aduanas e Impuestos

Especiales fue autorizado, en 26 de febrero de 2001,

a favor de la empresa "Anrosia, Sociedad Limitada";

número de identificación fiscal número

B-80721319, el establecimiento de un depósito fiscal

para bebidas alcohólicas, sito en las instalaciones

de la calle Cobre, número 24, del polígono industrial

"San Millán", de Moraleja de Enmedio (Madrid).

Visto el incumplimiento por parte de la referida

mercantil de determinados requisitos de obligada

exigencia, entre ellos, la presentación de garantía

en cuantía de 1.660,325 euros, en aseguramiento

del normal funcionamiento del depósito autorizado,

con fecha 4 de septiembre de 2002, este

Departamento inició el reglamentario procedimiento de

revocación directa, pese a los intentos producidos,

se practicó vía edictal, mediante publicación en el

"Boletín Oficial del Estado" de 23 de diciembre

de 2002 y en el tablón de anuncios del

Ayuntamiento de Moraleja de Enmedio (Madrid), último

domicilio conocido de la mercantil indicada.

Tramitado el procedimiento incoado con

observancia de los requisitos establecidos es ultimado

por Resolución del Departamento de Aduanas e

Impuestos Especiales de 21 de enero de 2003, con

acuerdo de revocación de la autorización otorgada

a favor de la referida mercantil en 26 de febrero

de 2001.

Por otra parte, y restando de imposible realización

la notificación del expuesto acuerdo de revocación,

pese a los intentos efectuados en 22 de enero de

2003, por vía postal, y en 28 y 30 de igual mes,

por entrega personalizada, es por cuanto esta

Agencia Tributaria ha venido a resolver: Que se dé cuenta

al interesado del acuerdo de revocación de la

autorización que, para el establecimiento de un depósito

fiscal, le fue otorgada en 26 de febrero de 2001,

conforme a lo establecido en el artículo 59.4 de

la Ley 30/1992, significándose que, según lo

dispuesto, igualmente, en el artículo 36 de la Ley

1/1998, de Derechos y Garantías de los

Contribuyentes, y en el artículo 114 de la invocada Ley

30/1992, contra el acuerdo adoptado podrá

interponerse recurso de alzada ante el Director general

de la Agencia Estatal de Administración Tributaria

en el plazo de un mes a contar de la publicación

de la presente.

Madrid, 25 de febrero de 2003.-El Director de

Departamento de Aduanas e Impuestos

Especiales.-6.976.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid