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Documento BOE-B-2003-6050

Acuerdo de la Comisión Ejecutiva del Banco de España, adoptado en su reunión del día 8 de noviembre de 2002, por el que se aprueba la incoación del procedimiento previsto en el título II de la Ley 26/1988, de 29 de julio, sobre Disciplina e Intervención de las Entidades de Crédito, a "Caja Hipotecaria Centro Sur, Sociedad Anónima", y a don José Ignacio Montero Amirola (IE/LDI-2/2002).

Publicado en:
«BOE» núm. 6, de 7 de enero de 2003, páginas 126 a 127 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Banco de España
Referencia:
BOE-B-2003-6050

TEXTO

Adoptado por la Comisión Ejecutiva del Banco

de España, en su sesión de 8 de noviembre de 2002,

el acuerdo por el que se aprueba la incoación del

procedimiento previsto en el título II de la Ley

26/1988, de 29 de julio, de Disciplina e Intervención

de las Entidades de Crédito, a "Caja Hipotecaria

Centro Sur, Sociedad Anónima", y a don José

Ignacio Montero Amirola, y de conformidad con lo

previsto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de

26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, se procede a dar publicación en

el "Boletín Oficial del Estado" del acuerdo de

incoación:

"Incoar el procedimiento sancionador previsto en

el título II de la Ley 26/1988, de 29 de julio ("Boletín

Oficial del Estado" del 30), a "Caja Hipotecaria

Centro Sur, Sociedad Anónima", y a don José

Ignacio Montero Amirola, que, no habiendo obtenido

la preceptiva autorización del Ministerio de

Economía y no figurando en los registros especiales

a cargo de este Banco de España, han incluido en

la denominación social de aquélla y han utilizado

en el tráfico mercantil el término reservado "Caja",

junto con los de "Hipotecaria" y "Centro Sur",

conducta ésta que, sin perjuicio de otras que pudieran

resultar de la instrucción, constituiría presunta

infracción de la prohibición establecida en el

artículo 28 de la citada Ley, según el cual ninguna persona

física o jurídica, nacional o extranjera, podrá, sin

haber obtenido la preceptiva autorización y hallarse

inscrita en los registros correspondientes, utilizar

las denominaciones genéricas propias de éstas u

otras que induzcan a confusión con ellas. Y todo

ello a fin de que se proceda al esclarecimiento de

los hechos referidos y se adopten, en su caso, las

medidas establecidas en los artículos 29 y siguientes

de la Ley referida.

A efectos de instruir y tramitar el correspondiente

expediente, se nombra Instructor a don Juan Pablo

Martín de Castro, Letrado asesor del Servicio

Jurídico del Banco de España, y Secretario a doña

Paloma García Galocha, Secretario de Expedientes,

quienes podrán ser recusados en los casos y del modo

previsto en los artículos 28 y 29, respectivamente,

de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen

Jurídico de las Admnistraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común ("Boletín Oficial

del Estado" del 27).

Una vez sea notificado el correspondiente pliego

de cargos, la entidad expedientada dispondrá de un

plazo de veinte días durante el cual podrá aportar

al expediente cuantos documentos o alegaciones

estime convenientes, así como proponer la práctica

de prueba concretando los medios de que pretenda

valerse.

Formulada que sea la propuesta de resolución,

la expedientada dispondrá igualmente de un plazo

de veinte días para formular alegaciones a la misma,

transcurrido el cual el Instructor remitirá dicha

propuesta junto con el expediente a la Comisión

Ejecutiva para que se adopte por el órgano competente

la resolución que proceda."

Madrid, 3 de diciembre de 2002.-El Secretario

general, José Antonio Alepuz Sánchez.-56.703.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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