Anuncio de subasta
El Jefe de la Dependencia de Recaudación de
la A.E.A.T. de Madrid,
Hace saber: Que de conformidad con lo dispuesto
en el art. 130 de la L.G.T., y en los artículos 111,
146 y siguientes del Reglamento General de
Recaudación (R.D. 1684/90, de 20 de diciembre, B.O.E.
de 3 de enero de 1991), habiéndose dictado acuerdo
de fecha 06/02/03 decretando la venta de bienes
inmuebles dentro del expediente ejecutivo seguido
contra el deudor Agro Sevibeja, S. L. (B78589603)
y que fueron ofrecidos en garantía formalizada en
escritura de hipoteca inmobiliaria, se dispone la
venta de los bienes que se detallarán posteriormente,
mediante subasta que se celebrará el día 4/06/03
a las 10 horas en la Delegación de la A.E.A.T.
de Madrid, sita en la calle Guzmán el Bueno, 139.
En cumplimiento del artículo 146 del citado
Reglamento, se publica el presente anuncio y se
advierte a las personas que deseen tomar parte en
la subasta de lo siguiente:
Primero: Los bienes a subastar están afectos por
las cargas y gravámenes que figuran en la descripción
de los bienes, y que constan en el expediente, las
cuales quedan subsistentes sin que pueda aplicarse
a su extinción el precio del remate.
Segundo: La subasta se suspenderá en cualquier
momento anterior a la adjudicación de los bienes,
si se efectúa el pago del principal, recargos, intereses
y costas del procedimiento.
Tercero: Los licitadores podrán enviar o presentar
sus ofertas en sobre cerrado, desde el anuncio de
subasta hasta una hora antes del comienzo de ésta,
sin perjuicio de que puedan participar
personalmente en la licitación con posturas superiores a la del
sobre. Dichas ofertas, que tendrán el carácter de
máximas, serán registradas en el Registro General
de la Delegación de la A.E.A.T. de Madrid, y
deberán ir acompañadas de cheque conformado
extendido a favor del Tesoro Público por el importe de
depósito.
Cuarto: Todo licitador habrá de constituir ante
la Mesa de subasta, depósito de garantía, en metálico
o cheque conformado a favor del Tesoro Público,
que será de al menos el 20 % del tipo de aquélla,
depósito que se ingresará en firme en el Tesoro
si los adjudicatarios no satisfacen el precio del
remate, sin perjuicio de las responsabilidades en que
incurrirán por los mayores perjuicios que sobre el
importe del depósito origine la inefectividad de la
adjudicación.
Quinto: En caso de que no resulten adjudicados
los bienes en una primera licitación, la Mesa de
Subasta podrá realizar, si lo juzga procedente, una
segunda licitación, fijando el nuevo tipo de subasta
en el 75 % del importe de la 1.a, o bien anunciará
la iniciación del trámite de adjudicación directa que
se llevará a cabo de acuerdo con el artículo 150
del Reglamento General de Recaudación.
Sexto: El adjudicatario deberá entregar en el acto,
o dentro de los cinco días siguientes, la diferencia
entre el depósito constituido y el precio de
adjudicación.
Séptimo: Si quedasen bienes sin adjudicar, se
iniciará el trámite de adjudicación directa, por un plazo
máximo de seis meses, pudiéndose presentar ofertas
en sobre cerrado, a partir de ese momento, a la
Mesa de Subastas.
La Mesa de Subasta abrirá las ofertas presentadas
al término del plazo del mes desde su inicio,
pudiendo proceder a la adjudicación de los bienes si alguna
de ellas se considera suficiente en ese momento.
En caso contrario, se anunciará la extensión de un
mes más para presentación de nuevas ofertas o
mejora de las ya existentes, comunicando el importe de
la mejor oferta recibida para la mejora de las mismas.
Todo ello, sin perjuicio de la validez de las ofertas
presentadas hasta ese momento y durante todo el
trámite de adjudicación directa.
Cuando las proposiciones se envíen por Correo
certificado, el ofertante deberá justificar la fecha de
imposición del envío en la oficina de Correos,
anunciando a la Mesa la remisión de la oferta mediante
fax (núm. 91 582 69 68), telegrama o e-mail a través
de la página web de la AEAT (www.aeat.es).
El precio mínimo en adjudicación directa será
el tipo de subasta en 1.a licitación cuando no se
haya considerado procedente celebrar una 2.a
licitación. En el caso de que exista 2.a licitación, no
habrá precio mínimo.
Si tras la apertura de sobres, alguna oferta se
considerase económicamente suficiente, se
comunicará al adjudicatario, el cual dispondrá de cinco
días hábiles para efectuar el pago.
Octavo: La Hacienda se reserva el derecho de
adjudicar al Estado los inmuebles que no hubiesen
sido objeto de remate, conforme al art. 158 y
siguientes del Reglamento General de Recaudación y el
137.2 de la Ley General Tributaria.
Noveno: Cuando se trate de bienes inscribibles
en registros públicos, los licitadores se conformarán
con los títulos de propiedad que se hayan aportado
al expediente, sin derecho a exigir otros; dichos
títulos estarán a disposición de los interesados en las
oficinas de la A.E.A.T. de Madrid, donde podrán
ser examinados durante los quince días anteriores
a la celebración de la subasta, de 9 a 14 horas.
En caso de no estar inscritos los bienes en el
Registro, la escritura de adjudicación es título, mediante
el cual puede efectuarse la inmatriculación en los
términos previstos en el art. 199.b) de la Ley
Hipotecaria y en los demás casos se atenderá a lo
dispuesto en el Título VI de dicha Ley.
Décimo: Todos los gastos e impuestos derivados
de la transmisión serán por cuenta del adjudicatario.
Respecto al estado de deudas con la comunidad
de propietarios, que pudieran existir, de las viviendas
o locales, el adjudicatario exonera expresamente a
la A.E.A.T., al amparo del artículo 9 de la Ley
49/1960, de 21 de junio, de Propiedad Horizontal,
modificado por Ley 8/1999, de 6 de abril, de la
obligación de aportar certificación sobre el estado
de las deudas de la comunidad, siendo a cargo del
mismo los gastos que queden pendientes de pago
según ley.
Undécimo: El procedimiento de apremio se
suspenderá en los términos y condiciones señaladas
en los artículos 135 y 136 de la Ley General
Tributaria.
Duodécimo: En todo lo no previsto en este
anuncio se estará a lo preceptuado en las disposiciones
legales que regulen el acto.
Relación de bienes a subastar
Lote único:
Descripción registral: "Terreno en el término de
Argamasilla de Alba, al sitio titulado Casilla de
Ginel. Toda la finca está cercada con una valla
de ladrillos y barandilla metálica; tiene su entrada
por la Carretera de Argamasilla de Alba a
Manzanares, en el punto kilométrico 2.050. Dentro de
sus perímetros y en su ángulo Norte-Oeste, existen
las siguientes edificaciones: En planta baja, dos
naves contiguas entre sí con una extensión
superficial de quinientos veinte metros cuadrados en total;
y en la planta alta, sobre parte de la planta baja,
una vivienda compuesta de varias habitaciones y
dependencias, que mide doscientos metros
cuadrados. El resto de la finca que mide nueve mil
ochocientos ochenta metros cuadrados está destinado
a patio y espacio libre. Toda la finca mide diez
mil cuatrocientos metros cuadrados, y linda: Norte,
de Ramón Serrano; Saliente, de herederos de
Alfredo Serrano; Poniente, Canal de desagüe, y Mediodía,
con la carretera de Manzanares. Urbana sobre la
que se ha edificado la siguiente obra nueva: Edificio
destinado a hostal con la categoría de una estrella
y bar restaurante. Consta de dos cuerpos, uno de
ellos con dos alturas el otro con una. La superficie
total construida es de ochocientos veinticinco
metros con noventa decímetros cuadrados, de los
cuales, corresponden quinientos setenta y tres
metros con cincuenta y cinco decímetros cuadrados
a la planta baja en conjunto de los dos cuerpos
citados, y doscientos cincuenta y dos metros treinta
y cinco decímetros cuadrados a la planta primera
del cuerpo que la tiene. Dicha edificación se
encuentra en el lindero de la Carretera de Manzanares,
a donde da su fachada, lindando por el resto de
sus lados con la finca sobre la que se asienta."
Finca inscrita con el número 14.725, folio 94
vuelto, libro 174, tomo 2.182, en el Registro de
la Propiedad de Tomelloso (Ciudad Real).
Valorada en 480.963,00 euros, está gravada por
cargas que suman un importe de 0,00 euros, siendo
el tipo de subasta en primera licitación de
480.963,00 euros.
Tramos: 2.000 euros.
Las cargas, gravámenes y situaciones jurídicas que
afectan a los bienes y que han de quedar subsistentes
son las siguientes: Ninguna, según la documentación
registral que consta en el expediente. En cualquier
caso, el adjudicatario se subrogará en todas las
cargas, gravámenes y derechos que legalmente deban
quedar subsistentes.
Madrid, 6 de febrero de 2003.-El Jefe de la
Dependencia de Recaudación, Juan Luis Cerdán
Ruano.-&13.340.
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid