El Tribunal Económico-Administrativo Central,
en Sala, en el recurso extraordinario de revisión,
interpuesto por Don José García González, contra
liquidación provisional paralela por el Impuesto
Especial sobre determinados medios de transporte,
en fase de embargo, practicada por la Delegación
de Almería de la Agencia Estatal de Administración
Tributaria, Acuerda: Admitirlo y estimarlo dejando
sin efecto la citada liquidación, por haber incurrido
la Administración en manifiesto error de hecho
respecto de la clase de motor del vehículo.
Lo que notifico reglamentariamente a usted,
advitiéndole que contra esta resolución definitiva en vía
económico-administrativa puede interponer recurso
contencioso-administrativo ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional,
en el plazo de dos meses, a contar del día siguiente
a la fecha de esta notificación.
Madrid, 2 de abril de 2003.-El Vocal Jefe de
la Sección 11.a, Francisco J. Palacio Ruiz de
Azagra.-15.227.
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