Está Vd. en

Documento BOE-B-2004-110053

Resolución del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas sobre notificación del acuerdo de incoación de expedientes sancionadores a la Sociedad Centro de Servicios para la Comunicación, S. A. y diez más.

Publicado en:
«BOE» núm. 110, de 6 de mayo de 2004, páginas 3947 a 3947 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-B-2004-110053

TEXTO

Por el presente anuncio, en cumplimiento de lo

dispuesto en el artículo 59, apartado 5, de la

Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de la Ley de

Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas

y del Procedimiento Administrativo Común, y dado

que no ha podido ser efectuada la notificación en

sus últimos domicilios sociales conocidos, se notifica

a las sociedades que en el anexo se relacionan que

el Presidente del Instituto de Contabilidad y

Auditoría de Cuentas, en uso de las atribuciones

conferidas por el apartado 1 del artículo 221 del Texto

Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas

aprobado por Real Decreto Legislativo 1564/1989, de

22 de diciembre, ha dictado, con fecha 10 de marzo

del 2004, acuerdo de Incoación de expedientes

sancionadores por el posible incumplimiento de la

obligación de depósito, en la debida forma y plazo,

en el Registro Mercantil de sus domicilios sociales,

de sus Cuentas Anuales y documentación

complementaria correspondiente al ejercicio social del

2002, de acuerdo con lo establecido en la Sección

Décima del Capítulo VII (artículos 218 a 222), del

citado Texto Refundido de la Ley de Sociedades

Anónimas.

Este hecho puede ser constitutivo de la infracción

administrativa tipificada en el precitado apartado 1

del artículo 221 del Texto Refundido de la Ley

de Sociedades Anónimas, el cual prevé la imposición

de una sanción de multa, graduable según los

parámetros y previsiones específicas contempladas en

los apartados 2 y 3 del mismo artículo.

A efectos del régimen de recusación vigente

establecido en el artículo 29 de la Ley de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común, la competencia

para la instrucción de dichos expedientes

corresponde a funcionarios de este Instituto, cuyo nombre

consta en el acuerdo de Incoación íntegro.

La competencia para la resolución de los

expedientes, conforme a lo preceptuado en el

artículo 221 del Texto Refundido de la ley de Sociedades

Anónimas, corresponde al Presidente de este

Instituto.

Dado que este acuerdo no se publica en su

integridad, de conformidad con la previsión del

artículo 61 de la Ley de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, se indica a las sociedades

inculpadas que el acuerdo de Incoación íntegro está a

su disposición, junto al resto de los documentos

de los expedientes, en la sede de este Instituto,

C/ Huertas n.o 26, C.P. 28014, -Madrid-, así como

que, tal y como dispone el artículo 16 del Real

Decreto 1398/1993, de 4 de agosto, por el que

se aprueba el reglamento del Procedimiento para

el Ejercicio de la Potestad Sancionadora, dispone

de un plazo de quince días, a contar desde el día

siguiente a aquel en que sea publicado este anuncio

en el Boletín Oficial del Estado, o desde el siguiente

al último día de su exposición en el tablón de edictos

del Ayuntamiento, en el que radique el domicilio

social de cada una de las sociedades, si fuera

posterior, para aportar cuantas alegaciones, documentos

o informaciones estime convenientes y, en su caso,

proponer prueba concretando los medios de que

pretenda valerse, de acuerdo con lo dispuesto en

el artículo 59, de la Ley de Régimen Jurídico de

las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común. Asimismo en el supuesto

de que no se presentaran alegaciones en dicho plazo,

y dado que el presente acuerdo de incoación

contiene un pronunciamiento preciso acerca de las

responsabilidades imputadas, el contenido del mismo

será considerado como propuesta de resolución,

debiendo entenderse a tal efecto propuesta la

imposición a cada una de las entidades inculpadas de

la correspondiente sanción de multa por el importe

que en el anexo se detalla.

Anexo

Relación de: N.o de expedientes, sociedades

inculpadas, domicilios sociales, cifras de capital social

y multa propuesta para cada sociedad.

2004010462; Centro de Servicios para la

Comunicación, S. A.; C/ Gambrinus, 91, 15008 A Coruña;

525.885,59; 12.308,94.

2004010480; Consignaciones Gallegas, S. A.;

Juana de Vega, 56, 15003 A Coruña; 360.607,26;

9.892,61.

2004010499; Consultel Global, S. L.; Cl. Alfredo

Vicenti, 23-25 bajo, 15004 A Coruña; 5.000.000,00;

41.591,83.

2004010507; Construcciones y Promociones

Hispano Portuguesa, S. A.; Rosalía de Castro, 13, 15004

A Coruña; 240.404,84; 7.756,90.

2004010552; A Valiña, S. A.; Lugar de Valiña,

San Mamed, 15320 As Pontes; 390.657,87;

10.367,85.

2004010561; Tuver, S. A.; Paraje Carretera de

San Pedro Las Columnas, 15405 El Ferrol;

435.733,78; 11.047,64.

2004010589; Economía Atlántica, S. A.; Polígono

El Tambre, Vía la Cierva, 11, 15890 Santiago;

360.607,26; 9.892,62.

2004010598; La Herculina, S. A.; Plgo. de la

Grela-Bens, sona Ventorrillo, 15010 A Coruña;

365.565,61; 9.972,35.

2004010606; Trasumar Flota, S. L.; Polígono de

la Gándara, parcela 79-1.o, 15407 El Ferrol;

1.486.903,95; 21.887,29.

2004010633; Pérez Colomer Hermanos, S. A.;

Lugar de Castro, Parroquia de Castiñeiras, 15966

Ribeira; 324.546,54; 9.295,36.

2004010642; Grupo Analistas de Cartera, S. A.;

Senra, 22, 15702 Santiago; 1.141.923,00;

18.965,01.

Madrid, 28 de abril de 2004.-El Secretario

General, Pedro de María Martín.-16.891.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid