Contenu non disponible en français
El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Ceuta, en su sesión ordinaria celebrada en fecha 30 de junio de 2005, en uso de las facultades que le confiere el art. 40.5.ñ) de la vigente Ley 27/92 de 24 de noviembre, modificada por la Ley 62/97 de 26 de diciembre, de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, adoptó el acuerdo de autorizar a la sociedad «Viajes Dinamar,S. L.», la ocupación de un local de 18,30 m2 de terreno instalaciones de dominio público portuario, ubicado en la planta baja de la Estación Marítima, para ejercer la actividad de «agencia de viajes», en las siguientes condiciones:
Plazo: Hasta el 31 de diciembre de 2017.
Tasas: Tasa por ocupación privativa del dominio público portuario=1.452,47 euros anuales. Tasa por aprovechamiento especial del dominio público portuario en el ejercicio de actividades comerciales, industriales y de servicios=1.709,22 euros anuales. Tasa por servicios generales, de acuerdo con la legislación vigente.
Lo que se publica para general conocimiento.
Ceuta, 7 de julio de 2005.-José Francisco Torrado López, Presidente.
Agence d'État Bulletin Officiel de l'État
Av. Manoteras, 54 - 28050 Madrid