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Documento BOE-B-2005-69155

Resolución de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones por la que se cancela la inscripción, en el Registro Especial de Titulares de Autorizaciones Generales, de la entidad «Number One Telecard, Sociedad Limitada» como persona autorizada para la prestación de servicios de comunicaciones electrónicas.

Publicado en:
«BOE» núm. 69, de 22 de marzo de 2005, páginas 2463 a 2464 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Referencia:
BOE-B-2005-69155

TEXTO

No habiendo resultado posible la notificación a la entidad «Number One Telecard, Sociedad Limitada», como interesado en el expediente número 2005/39, por causas no imputables a esta Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones, se procede, de acuerdo con lo establecido en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, a notificar por este medio que el Consejo de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones, en su sesión 01/05 celebrada el día 20 de enero de 2005, ha resuelto lo siguiente:

1.º Cancelar la inscripción efectuada en el Registro Especial de Titulares de Autorizaciones Generales de la entidad «Number One Telecard, Sociedad Limitada», como persona autorizada para la prestación del servicio de comunicaciones electrónicas de reventa del servicio telefónico mediante el establecimiento o la explotación de medios propios de conmutación.

2.º En el plazo de tres meses, computados desde el día siguiente a la fecha de esta Resolución, la entidad «Number One Telecard, Sociedad Limitada» deberá presentar la declaración de los ingresos brutos de explotación obtenidos en el presente ejercicio económico, aún en el caso de que no se haya realizado ninguna actividad.

Asimismo, se pone de manifiesto que contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante esta Comisión en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su notificación o, directamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su notificación, de acuerdo con lo establecido en el artículo 48, apartado 17, de la Ley 32/2003, de 3 de noviembre, General de Telecomunicaciones, la Disposición adicional cuarta, apartado 5, de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y el artículo 116 del la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y sin perjuicio de lo previsto en el número 2 del artículo 58 de la misma Ley.

El texto íntegro de la Resolución puede ser consultado en la sede de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones, sita en la calle Alcalá número 37, de Madrid.

Madrid, 28 de febrero de 2005.-P. D. del Consejo de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones (Resolución de 18-12-1997; BOE de 29-01-1998). El Secretario del Consejo, Alfonso Ramos de Molins Sainz de Baranda.

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