El Servicio de Gestión del Fondo de Alimentos de la Subdirección General de Gestión de Clases Pasivas, por delegación de la Directora General de Costes de Personal y Pensiones Públicas (Resol. 9 de enero de 2008), de acuerdo con el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, pone en conocimiento de D. Madebowale Agboola Raji, con D.N.I. 45.573.698-A, obligado al pago de alimentos en virtud de resolución judicial, que por Resolución de esta Dirección General de fecha 29 de abril de 2008, dictada en aplicación del R.D. 1618/2007, de 7 de diciembre, sobre organización y funcionamiento del Fondo de Garantía del Pago de Alimentos, se ha reconocido a los siguientes beneficiarios el derecho a cobro del anticipo a cargo del citado Fondo.
Beneficiario. Fecha nacimiento. Importe. Desde. Hasta. Ajoke Pilar Raji Rodrigo, 30/10/1997. 100 euros/m. 01/04/2008. 30/09/2009.
Emiola S. Raji Rodrigo, 30/10/1997. 100 euros/m. 01/04/2008. 30/09/2009.
La recaudación del importe de los pagos realizados contra el obligado a satisfacerlos se efectuará mediante el procedimiento de apremio previsto en el Reglamento General de Recaudación.
Madrid, 5 de mayo de 2008.-La Directora General de Costes de Personal y Pensiones Públicas. P.D. (Resol. 9-1-2008), la Jefa del Servicio, Cristina Canales del Río.
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