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Documento BOE-B-2009-12841

Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas por la que se autoriza a Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima la línea eléctrica aérea a 400 kV, simple circuito, de "Entrada y salida en la subestación de Muniesa de la línea Fuendetodos-Mezquita", en la provincia de Teruel.

Publicado en:
«BOE» núm. 97, de 21 de abril de 2009, páginas 46636 a 46638 (3 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Referencia:
BOE-B-2009-12841

TEXTO

Visto el expediente incoado en la Dependencia del Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Teruel, a instancia de Red Eléctrica de España, S.A., con domicilio en La Moraleja-Alcobendas (Madrid), Paseo del Conde de los Gaitanes número 177, solicitando la autorización administrativa de la instalación que se cita.

Resultando que la petición de Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima ha sido sometida a información pública, de conformidad con lo previsto en los artículos 124 y 125 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, y en el artículo 15 del Reglamento de Evaluación de Impacto Ambiental aprobado por el Real Decreto 1131/1988 de 30 de septiembre, no habiéndose presentado alegaciones.

Resultando que remitidas por la Dependencia del Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Teruel separatas del anteproyecto y solicitada la conformidad, oposición o reparos a la instalación proyectada, de acuerdo con lo establecido en el artículo 127 del referido Real Decreto 1955/2000, en lo que afecta a bienes o derechos a su cargo, a los Ayuntamientos de Cortes de Aragón, Maicas, La Hoz de la Vieja, Vivel del Río Martín, Martín del Río, Utrillas, Mezquita de Jarque, a la Confederación Hidrográfica del Ebro, a la Demarcación de Carreteras del Estado en Teruel, a ERZ-Endesa, a Telefónica, al Servicio Provincial en Teruel del Departamento de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes, a Vías, Obras y Parque de Maquinaría de la Diputación Provincial de Teruel y a la Sección de Minas del Servicio Provincial en Teruel del Departamento de Industria, Comercio y Turismo del Gobierno de Aragón, por los mismos no se ha presentado oposición al anteproyecto; no habiéndose recibido contestación alguna de los ayuntamientos de Blesa, Muniesa y Plou, tras la reglamentaria reiteración, por lo que se entiende la conformidad de los mismos en virtud de lo dispuesto en el artículo 127.2 del referido Real Decreto.

Resultando que enviadas por la Dependencia del Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Teruel separatas del anteproyecto al Ayuntamiento de Escucha, a Gas Aragón, a la Comisión Provincial de Patrimonio Cultural del Servicio Provincial en Teruel del Departamento de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón y al Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, de acuerdo con lo establecido en el artículo 127 del referido Real Decreto 1955/2000, por los mismos se presentan alegaciones, las cuales son contestadas por Red Eléctrica, dándoles traslado de las mismas a dichos organismos para que muestren su conformidad o reparos, no habiéndose recibido contestación alguna en el plazo reglamentario, por lo que se entiende la conformidad de los mismos en virtud de lo dispuesto en el artículo 127.4 del citado Real Decreto 1955/2000, a excepción del Ayuntamiento de Escucha, el cual propone una alternativa al trazado de la línea, alegación que fue contestada por Red Eléctrica descartando la alternativa propuesta por el Ayuntamiento por haber sido informada desfavorablemente por parte del Instituto Aragonés de Medio Ambiente dentro de la fase de Consultas Previas.

Resultando que remitidas separatas del anteproyecto a los Ayuntamientos de Blesa, Muniesa, Plou, Cortes de Aragón, Maicas, La Hoz de la Vieja, Vivel del Río Martín, Martín del Río, Utrillas, Escucha y Mezquita del Jarque, además de a los citados efectos del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, a los efectos de las disposiciones adicionales duodécima, segunda y tercera de la Ley 13/2003, de 23 de mayo, reguladora del contrato de concesión de obras públicas, se emiten informes favorables por los ayuntamientos de Cortes de Aragón, Maicas, La Hoz de la Vieja, Vivel del Río Martín, Martín del Río, Utrillas, Escucha, y Mezquita de Jarque; no existiendo pronunciamiento alguno por parte de los ayuntamientos de Blesa, Muniesa, Plou, y Escucha; por lo que teniendo en consideración lo dispuesto en la disposición adicional tercera de la Ley 13/2003 se entienden evacuados dichos informes en sentido favorable.

Resultando que remitida separata del anteproyecto a la Comisión Provincial de Ordenación Territorial del Servicio Provincial en Teruel del Departamento de Obras Públicas, Urbanismo y Transporte del Gobierno de Aragón a los efectos de las disposiciones adicionales duodécima, segunda y tercera de la Ley 13/2003, de 23 de mayo, por el mismo se emite informe favorable.

Vista la Resolución de fecha 13 de julio de 2007 de la Secretaría General para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático del Ministerio de Medio Ambiente, donde se formula la declaración de impacto ambiental del proyecto de la línea a 400 kV, doble circuito, Fuendetodos-Mezquita con entrada y salida en la subestación de Muniesa.

Resultando que en la citada Resolución por la que se formula la declaración de impacto ambiental, no se hace observación alguna respecto al trazado propuesto para la línea de entrada y salida en la subestación de Muniesa, objeto de la presente autorización.

Visto el informe favorable emitido por el Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Teruel.

Visto el informe de la Comisión Nacional de Energía aprobado por el Consejo de Administración en su sesión celebrada el día 29 de noviembre de 2007.

Considerando que se han cumplido los trámites reglamentarios que se establecen en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, en el Reglamento de Evaluación de Impacto Ambiental aprobado por el Real Decreto 1131/1988, de 30 de septiembre, y en la Ley 13/2003, de 23 de mayo.

Esta Dirección General de Política Energética y Minas ha resuelto:

Autorizar a Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima la línea eléctrica aérea a 400 kV, simple circuito, de "Entrada y Salida en la Subestación de Muniesa de la Línea Fuendetodos-Mezquita", en la provincia de Teruel, cuyas características principales son:

• Origen: Apoyo número 82 de la línea a 400 kV Fuendetodos-Mezquita.

• Final: Apoyo número 84 de la citada línea.

• Desde el apoyo número 82 hasta el pórtico de entrada a la subestación de Muniesa la línea discurre en simple circuito, con una longitud de 410 metros.

• Desde el pórtico de salida de la subestación de Muniesa hasta el apoyo 84 la línea discurre en simple circuito, con una longitud de 212 metros.

• Tensión nominal: 400 kV.

• Tensión más elevada en la red: 420 kV.

• Capacidad térmica de transporte por circuito, según el Real Decreto 2819/1998: 2.441 MVA.

• Conductores: Tipo CONDOR AW, tríplex.

• Cables de tierra: Dos, uno tierra-óptico tipo OPGW, y otro convencional tipo 7N7 AWG.

• Aislamiento: Cadenas de aisladores de vidrio.

• Apoyos: Torres metálicas de celosía.

• Cimentaciones: De zapatas individuales.

• Puesta a tierra: Anillos cerrados de acero descarburado.

La finalidad de la instalación es formar parte del un nuevo eje de transporte (Fuendetodos-Morella) que permitirá, por una parte, la conexión a la red de transporte de las instalaciones de generación de régimen especial que se instalen en la provincia de Teruel con acceso y punto de conexión en las subestaciones de Mezquita y Muniesa, y por otra, la existencia de un nuevo eje de transporte entre Aragón y Levante.

Esta instalación no podrá entrar en servicio mientras no cuente el peticionario de la misma con la aprobación del proyecto de ejecución, previo cumplimiento de los trámites que se señalan en el Título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, debiendo solicitarse la indicada aprobación en el plazo máximo de doce meses.

Caso de no ser factible lo anteriormente expuesto se procederá por el peticionario de la autorización a cumplir lo que para concesión de prórroga se ordena en el Capítulo IV del Decreto 1775/1967, de 22 de julio, pudiéndose realizar exclusivamente las obras preparatorias de acondicionamiento del emplazamiento de la instalación que se contemplan en el artículo cuarto del Real Decreto 2351/2004, de 23 de diciembre.

Contra la presente Resolución cabe interponer Recurso de Alzada ante el Sr. Secretario General de Energía en el plazo de un mes, de acuerdo con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 2 de abril de 2009.- El Director General, D. Jorge Sanz Oliva.

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