Para los interesados que sean desconocidos o de los que se ignore el lugar de notificación, o bien intentada la notificación no se hubiese podido practicar, de acuerdo con lo establecido en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a notificar la parte dispositiva de la Orden Ministerial especificada:
"Ampliar en doce (12) meses el plazo de resolución y notificación del expediente de deslinde del tramo comprendido desde el núcleo de Fisterra hasta la Playa de Estorde (Excepto Playa Langosteira), en el t.m. de Fisterra (A Coruña).
Contra la presente resolución que debe ser notificada a los interesados, no cabe recurso alguno, de conformidad con el artículo 42.6 de la Ley 30/1992, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común."
Madrid, 11 de mayo de 2009.- El Jefe de Área de Dominio Público Marítimo-Terrestre, José Ramón Martínez Cordero.
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