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Documento BOE-B-2009-16939

Resolución de la Delegación Provincial de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa de la Junta de Andalucía en Córdoba, por la que se declara la utilidad pública en concreto del proyecto denominado "Ampliación de la Central Hidroeléctrica del Arenal y su línea de evacuación", ubicada en el paraje denominado "Molino de Lope García", en el término municipal de Córdoba (Expte. E.F. 02/2008).

Publicado en:
«BOE» núm. 123, de 21 de mayo de 2009, páginas 60713 a 60714 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Andalucía
Referencia:
BOE-B-2009-16939

TEXTO

Visto el expediente iniciado en esta Delegación Provincial a petición de "Hidroeléctrica del Arenal, SL., solicitando el reconocimiento, en concreto, de la utilidad pública del proyecto denominado "Ampliación de la Central Hidroeléctrica del Arenal y su línea de evacuación", ubicada en el paraje denominado "Molino de Lope García", en el término municipal de Córdoba, cumplidos los trámites reglamentarios ordenados en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de Energía Eléctrica y la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, esta Delegación Provincial, en uso de las facultades que tiene conferidas por el Estatuto de Autonomía, Título II, artículo 49, Decreto del Presidente 10/2008, de 19 de abril, sobre reestructuración de Consejerías, Decreto 117/2008, de 29 de abril, de estructura orgánica de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa y Resolución de 23 de febrero de 2005 de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se delegan competencias en materia de autorización de instalaciones eléctricas en las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa, ha resuelto:

Declarar la utilidad pública en concreto, a los efectos señalados en los artículos 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954, 52 y siguientes de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico y 148 y siguientes del Reglamento aprobado por Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, de la Central Hidroeléctrica autorizada con fecha de 14 de julio de 2005 en el expediente R/04/06 y de la instalación eléctrica autorizada con fecha de 22 de septiembre de 2005 en el expediente AT 435/04, cuya finalidad y características técnicas principales son:

Peticionario: Hidroeléctrica del Arenal, SL, con domicilio social en Calle Major de Sarriá, 185-187, de Barcelona.

Expte. E.F. 02/2008

Lugar donde se va a establecer la instalación: paraje denominado "Molino de Lope García", en el término municipal de Córdoba.

Término municipal afectado: Córdoba.

Finalidad: ampliación de la Central Hidroeléctrica del Arenal y su línea de evacuación.

Características Principales: Central Hidroeléctrica: Consta de dos turbinas semikaplan de 1.275 kW de potencia máxima, dos multiplicadores de velocidad de 1.300 kW, dos alternadores asíncronos de 1.400 kW a 660V, un transformador de servicios auxiliares de 100 kVA (660/380V) y un transformador de integración de 3.000 kVA (20000/660 V).

Línea Eléctrica: Línea subterránea-aérea; conductores: Al-150 y tensión de servicio de 20Kv.

Afecciones derivadas de la expropiación, a tenor de lo establecido en el artículo 52 y siguientes de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico:

a) Para los apoyos, expropiación de pleno dominio.

b) Para el vuelo de la Línea, constitución de servidumbre forzosa de paso de energía eléctrica, con la prohibición de construir o realizar edificaciones o plantaciones de cualquier tipo excediendo las distancias mínimas reglamentarias.

c) Derecho de acceso o de paso a la finca para realizar las reparaciones, mantenimiento, etc. de la línea.

d) Ocupación temporal de la parcela durante el tiempo de ejecución de las instalaciones.

Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, se podrá interponer Recurso de Alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Innovación, Ciencia y Empresa, en el plazo de un mes, contando a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación de la presente Resolución, de conformidad con lo establecido en el artículo 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común.

Córdoba, 31 de marzo de 2009.- La Directora General de Industria, Energía y Minas, P.D. (Resolución de 23 de febrero de 2005), la Delegada Provincial, María Sol Calzado García.

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