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Documento BOE-B-2009-18502

VALENCIA.

Publicado en:
«BOE» núm. 133, de 2 de junio de 2009, páginas 65784 a 65784 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2009-18502

TEXTO

D. Jorge Víctor Iglesias de Baya, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de Valencia, de conformidad con lo previsto en los artículos 21 y 23 de la Ley Concursal, por el presente doy la publicidad ordenada al auto de declaración de concurso dictado en este Juzgado y Hago Saber:

Que en este Juzgado se tramitan autos de Proc. Concursal Abreviado Voluntario n.º 656/2009, habiéndose dictado en fecha 15 de mayo de 2009 por el Ilm. Sr. Magistrado-Juez auto de declaración de concurso de acreedores de las siguientes mercantiles:

Iriscrom, S.A., con NIF A-46137352 Y domicilio en Avenida Ramón y Cajal s/n, Onteniente (Valencia), e inscrita en el Registro Mercantil de Valencia, al tomo 3830, libro 1142, folio 63, hoja V-15584.

Iriscrom Energia, S.A., con NIF A-96702345 y domicilio en Avenida del Textil s/n, Onteniente (Valencia), inscrita en el Registro Mercantil de Valencia, al tomo 5957, libro 3263, folio 1 Sección 8, hoja V-57784.

Que se ha acordado la intervención de las funciones de disposición y administración de las concursadas, que quedarán sometidas a la autorización o conformidad de la administración concursal designada.

Y de conformidad con lo ordenado, se expide el presente edicto para general llamamiento de los acreedores del concursado a fin de que en el plazo de un mes desde la última de las publicaciones acordadas en el B.O.E., puedan comunicar sus créditos a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y ulterior reconocimiento y clasificación en los términos indicados en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Así mismo se hace saber que para personarse en debida forma en el procedimiento concursal será necesario abogado y procurador.

Valencia, 15 de mayo de 2009.- El Secretario Judicial.

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