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Documento BOE-B-2009-19321

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA.

Publicado en:
«BOE» núm. 138, de 8 de junio de 2009, páginas 68241 a 68241 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2009-19321

TEXTO

Juzgado de lo Mercantil número 2 de Las Palmas.

Por el presente se hace saber que en el procedimiento concursal n.º 0000014/2009, seguido a instancias del Procuradora doña  M. Elena Gutiérrez Cabrera, en nombre y representación de Caldereta Tinasoria, S.L., se ha dictado Auto el día 29 de mayo de 2009, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:

Se declara el concurso de Caldereta Tinasoria, S.L., con CIF B35594159, el que se tramitará por el procedimiento Abreviado.

A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de Voluntario.

Se designan como Administradores del concurso al Letrado don José Afonso Suárez.

En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, se acuerda; la intervención de dichas facultades mediante la correspondiente autorización o conformidad de los administradores concursales, teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 44.2.2 de la L.C.

Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de quince días, a contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del Auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el art. 6.3 del Real Decreto-Ley 3/2009, de 27 de marzo, de medidas urgentes en materia tributaria, financiera y concursal, por el cual se modifica el n.º 5º del apartado 1 del art. 21 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal.

Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC.).

Doña Rebeca Castrillo Santamaría, Magistrado-Juez.- Doña Teresa de Jesús Hernández Rivero.- Secretario.- Firmados y rubricados.

Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así comode notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente Edicto.

Las Palmas de Gran Canaria, 29 de mayo de 2009.- Doña Teresa de Jesús Hernández Rivero, Secretaria Judicial.

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