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Documento BOE-B-2009-20993

Resolución del Departamento de Economía y Finanazas, Servicios Territoriales en Lleida, ECF/ /2009, de 9 de marzo, de los Servicios Territoriales del Departamento de Economía y Finanzas, de autorización administrativa, declaración de utilidad pública, aprobación del proyecto de ejecución y estudio de evaluación de impacto ambiental de una instalación eléctrica en los términos municipales de La Granadella y Bellaguarda (exp. 00030971/2006, Ref. H-10123-RL).

Publicado en:
«BOE» núm. 147, de 18 de junio de 2009, páginas 73263 a 73267 (5 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-B-2009-20993

TEXTO

La empresa Tarraco Eólica, SA, con NIF A61298139, y domicilio social en ps. de Gracia, 110, 1o 1ª, 08008 Barcelona, ha solicitado ante el Departamento de Economía y Finanzas la autorización administrativa, la declaración de utilidad pública, la aprobación del proyecto de ejecución y el estudio de evaluación de impacto ambiental de las lineas aéreas de evacuación de energía eléctrica de 132 kV entre la SET Les Rotes y el soporte Vértice Auliver, entre el soporte Vértice Auliver y la SET Sant Antoni, y entre la SET Monclues y la SET Sant Antoni.

La SET Sant Antoni servirá como subestación colectora de toda la energía producida en los diferentes parques eólicos de la comarca de las Garrigues, así como del propio parque.

En cumplimiento de los trámites que establecen el artículo 6 del Decreto 351/1987, de 23 de noviembre, por el que se determinan los procedimientos administrativos aplicables a las instalaciones eléctricas y los artículos 125 y 144 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica; la solicitud mencionada ha sido sometida a un período de información pública mediante el Anuncio publicado en el DOGC núm. 4852, de 29.3.2007; en el BOE núm. 76, de 29.3.2007; en el diario Segre de 30.3.2007 y en el diario La Mañana de 29.3.2007.

Asimismo, de acuerdo con lo que prevé el artículo 127 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, se solicitó informe a las siguientes administraciones y organismos afectados: Ayuntamiento de Bellaguarda, Ayuntamiento de La Granadella, Agencia Catalana del Agua, Confederación Hidrográfica del Ebro, Endesa Distribución Eléctrica, SL, Diputación Provincial de Lleida y Telefónica de España, SA.

Los informes emitidos por los organismos afectados, así como las alegaciones presentadas como consecuencia del período de información pública, fueron remitidos al peticionario, el cual ha manifestado su aceptación o ha efectuado las observaciones que ha estimado convenientes según establecen los artículos 125 y concordantes del Real Decreto 1955/2000.

El 4 de abril de 2008 la empresa promotora del parque aporta un anexo al proyecto constructivo, en el que se elimina la SET Auliver y se deja un apoyo que permitirá la continuación de la línea eléctrica proveniente de la SET Les Rotes hasta la SET Sant Antoni.

Paralelamente al trámite de información pública, y según dispone el artículo 144 del Real Decreto 1955/2000, se enviaron los anuncios a los Ayuntamientos de La Ranadella y Bellaguarda para su exposición al público por un período de 20 días. Los Ayuntamientos enviaron los certificados del cumplimiento de la exposición pública sin que se hubiera presentado ningún tipo de alegación.

Vistos los informes favorables de los organismos antes indicados, algunos de los cuales han establecido determinados condiciones;

Visto que el 13 de enero de 2009 la Ponencia Ambiental, de la Dirección General de Calidad Ambiental del Departamento de Medio Ambiente y Vivienda, aprobó la declaración de evaluación de impacto ambiental de la instalación descrita;

Vistas la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña,

Resuelvo:

-1 Autorizar a la empresa Tarraco Eólica, SA, las líneas aéreas de evacuación de energía eléctrica de 132kV entre la SET Les Rotes y el apoyo Vértice Auliver, entre el soporte Vértice Auliver y la SET Sant Antoni, y entre la SET Monclues y la SET Sant Antoni.

-2 Declarar la utilidad pública de la instalación eléctrica que se autoriza. Esta declaración de utilidad pública lleva implícita la ocupación urgente de los bienes y los derechos afectados que se sometieron a información pública mediante el Anuncio publicado en el DOGC núm. 4852, de 29.3.2007; en el BOE núm. 76, de 29.3.2007, y en el diario Segre de 30.3.2007.

-3 Aprobar el proyecto de ejecución mencionado, con las características técnicas siguientes:

Proyecto de ejecución de las líneas aéreas de evacuación de energía eléctrica de 132 kV entre la SET Les Rotes y el soporte Vértice Auliver, entre el soporte Vértice Auliver y la SET Sant Antoni, y entre la SET Monclues y la SET Sant Antoni.

La SET Sant Antoni servirá como subestación colectora de toda la energía producida en los diferentes parques eólicos de la comarca de Les Garrigues, así como del propio parque.

Línea aérea alta tensión 132 kV SET Les Rotes-Soporte Vértice Auliver: evacuará un total de 95 MW (PE Les Rotes 45 MW + futuros parques eólicos 50 MW).

Origen: pórtico SET Les Rotes.

Final: soporte Vértice Auliver.

Longitud: 7.893 m.

Tensión: 132 kV.

Número de circuitos: 1.

Conductores por fase y tipo: 1, LA-280 (GULL), de Al-Ac.

Número y tipo de cable del suelo: 1, 0PGW.

Número de soportes: 31.

Número y tipo de aisladores: 10, aisladores de vidrio templado U100 BS.

Linea aérea alta tensión 132 kV Soporte Vértice Auliver-SET Sant Antoni: con una capacidad de evacuación de 140 MW.

Origen: pórtico SET Auliver.

Final: pórtico SET Sant Antoni.

Longitud: 4.042 m.

Tensión: 132 kV.

Número de circuitos: 1.

Conductores por fase y tipo: 1, LA-380 (GULL), de Al-Ac.

Número y tipo de cable del suelo: 1, 0PGW.

Número de soportes: 15.

Número y tipo de aisladores: 10, aisladores de vidrio templado U120 BS.

Línea aérea alta tensión 132 kV SET Monclues-SET Sant Antoni: con una capacidad de evacuación de 61,5 MW.

Origen: pórtico SET Monclues.

Final: pórtico SET Sant Antoni.

Longitud: 4.034 m.

Tensión: 132 kV.

Número de circuitos: 1.

Conductores por fase y tipo: 1, LA-280 (HAWK), de Al-Ac.

Número y tipo de cable del suelo: 1, OPGW.

Número de apoyos: 16.

Número y tipo de aisladores: 10, aisladores de vidrio templado U1OO BS.

Términos municipales afectados: La Granadella y Bellaguarda, en la provincia de Lleida.

Finalidad: evacuar la energía generada de los parques eólicos de la zona.

Presupuesto: 1.337.730,21 euros.

Esta Resolución se dicta de acuerdo con lo que dispone la normativa antes mencionada, el artículo 17 y el capítulo 4 del Decreto 1775/1967, de 22 de julio, sobre régimen de instalación, ampliación y traslado de industrias, y está sometida a las condiciones especiales siguientes:

-1 Las instalaciones se deben llevar a cabo de acuerdo con el proyecto técnico firmado por el ingeniero industrial Emili Ribes Alcover, visado con el número 32825, por el Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Lleida, con fecha de 5 de julio de 2006, con las variaciones que, en su caso, se soliciten y se autoricen.

-2 La construcción y el funcionamiento de esta instalación eléctrica se someten a lo que establecen el Reglamento de líneas aéreas de alta tensión, aprobado por el Decreto 3151/1968, de 28 de noviembre; el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en centrales eléctricas, subestaciones y centros de transformación, aprobado por el Real Decreto 3275/1982, de 12 de noviembre, y sus instrucciones técnicas complementarias, aprobadas por la Orden ministerial de 18 de octubre de 1984; la Ley 13/1987, de 9 de julio, de seguridad de las instalaciones industriales, y el resto de las disposiciones de aplicación general.

-3 La empresa titular será la responsable del uso, la conservación y el mantenimiento de la instalación, de acuerdo con las condiciones de seguridad que requiere la normativa vigente.

-4 El plazo para la puesta en marcha de la instalación autorizada será de dos años contados a partir de la fecha de publicación de esta Resolución en el DOGC.

-5 Los Servicios Territoriales podrán hacer las comprobaciones y pruebas que consideren necesarias durante las obras y cuando se acaben, en relación con el cumplimiento de las condiciones generales y especiales de esta Resolución.

-6 Con esta finalidad, el titular de la instalación debe comunicar al órgano administrativo mencionado el comienzo de las obras, las incidencias dignas de noticia mientras duren y también la finalización.

A la comunicación del final de las obras, se debe adjuntar el certificado de dirección y finalización de la instalación que acredite que se ajustan al proyecto aprobado, que se han cumplido las normas y disposiciones antes mencionadas y, si procede, se adjuntarán las actas de las pruebas que se han hecho.

-7 La Administración dejará sin efecto esta autorización administrativa por las causas que establece el articulo 34 del Decreto 1775/1967, de 22 de julio, y en el supuesto de incumplimiento por parte del titular de la instalación de las condiciones que se imponen.

En este supuesto, la Administración, con la instrucción previa del expediente oportuno, acordará la anulación de la autorización, con todas las consecuencias de orden administrativo y civil que se deriven según las disposiciones legales vigentes.

-8 Esta autorización se otorga sin perjuicio de terceros y es independiente de las autorizaciones o licencias de competencia de otros organismos o entidades públicas necesarias para hacer las obras y las instalaciones aprobadas.

Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso de alzada ante el director general de Energía y Minas del Departamento de Economía y Finanzas (c. Provença, 339, 2ª, 08037 Barcelona) en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente de haberse publicado, de acuerdo con lo que dispone el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y según la redacción que hace la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Lleida, 9 de marzo de 2009.- El Director de los Servicios Territoriales en Lleida, Pere Mir Artigues. (09.076.021).

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