Está Vd. en

Documento BOE-B-2009-29185

Resolución de la Generalitat de Catalunya, Departamento de Economía y Finanzas, Dirección General de Energía y Minas; ECF/2009, de 23 de junio, por la que se otorga a la empresa Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima, la autorización administrativa, la declaración de utilidad pública y la aprobación del proyecto de ejecución de ampliación SE Besós Nova, en el término municipal de Sant Adriá de Besós (exp. 08/33149).

Publicado en:
«BOE» núm. 204, de 24 de agosto de 2009, páginas 100704 a 100707 (4 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-B-2009-29185

TEXTO

La empresa Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima, con domicilio social en la Moraleja, Alcobendas Madrid, paseo del Conde de los Gaitanes, 177, ha solicitado ante la Dirección General de Energía y Minas del Departamento de Economía y Finanzas la autorización administrativa, la declaración en concreto de utilidad pública y la aprobación del proyecto de ejecución de ampliación SE Besós Nova con dos nuevas posiciones de 220 kV, línea Badalona 2 y línea Gramenet, en el término municipal de Sant Adriá de Besós (Barcelonés). La ubicación concreta de una de las dos posiciones solicitadas por Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima, se solapa con una posición titularidad de Endesa Distribución Eléctrica, Sociedad Limitada, que se encuentra asociada a una unidad de transformación 220/25 kV y 60 MVA, que fue autorizada administrativamente y su proyecto de ejecución aprobado mediante resolución de 19 de marzo de 2009 de la Dirección General de Energía y Minas. En cumplimiento de los trámites que establecen el artículo 6 del Decreto 351/1987, de 23 de noviembre, por el que se determinan los procedimientos administrativos aplicables a las instalaciones eléctricas; el Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, la solicitud efectuada por Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima, mencionada ha sido sometida a un período de información pública mediante el Anuncio publicado en el DOGC núm. 5291, de 7 de enero de 2009;"en el BOE núm. 7, de 8 de enero de 2009, y en el diario La Vanguardia de 1 y 2 de enero de 2009. Paralelamente al trámite de información pública, en cumplimiento de lo que dispone el artículo 144 del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, se comunicará al Ayuntamiento del término municipal donde radiquen los bienes o derechos afectados por la instalación, para su exposición al público por un período de 20 días, para que puedan alegar la existencia de errores en la relación mencionada, así como formular las alegaciones procedentes de acuerdo con lo que disponen los artículos 145 y 147 del citado Real Decreto.

Dentro del plazo otorgado no se han presentado alegaciones al proyecto.

De acuerdo con lo que prevé el artículo 146 del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, se solicitó un informe al Ayuntamiento dé Sant Adriá de Besós y a Endesa Generación, Sociedad Anónima, que previa reiteración no se han manifestado, por lo que se entiende su conformidad al proyecto. Referente a Endesa Distribución Eléctrica, Sociedad Limitada, manifiesta que del proyecto presentado solo se puede instalar la posición Badalona 2, pues una de ellas está comprometida para el transformador a instalar por Endesa, con la previa inclusión de las medidas contra incendios que minimicen el riesgo asociado de la concentración de cables en las galerías y sin perjuicio de la titularidad de las posiciones que determine el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo. Puesto en conocimiento de la empresa peticionaria, manifiesta que se tomarán las medidas correctoras de acuerdo con la normativa vigente y que el cable a instalar dispone de una cubierta no propagadora de incendio para incrementar la seguridad; referente a la titularidad de las dos posiciones, la empresa RED tiene asignadas las funciones de gestor de la red de transporte primario y secundario y de transportista único y mientras que el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio no haga una habilitación expresa, la titularidad es de RED. Estas alegaciones se remiten a Endesa, que se reitera en sus manifestaciones.

Vistas las alegaciones presentadas, la titularidad de las dos posiciones del mencionado proyecto quedará según lo que determine el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo;

De acuerdo con la Ley 17/2007, de 4 de julio, de modificación de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del sector eléctrico, se informa al Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, que informa favorablemente sobre la solicitud presentada.

Cumplidos los trámites administrativos que disponen la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña;

De acuerdo con lo que dispone el artículo 3, apartado 3.c), de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del sector eléctrico, en relación con el artículo 7, apartado a), del Decreto 351/1987, de 23 de noviembre, por el que se determinan los procedimientos administrativos aplicables a las instalaciones eléctricas,

Resuelvo:

1. Otorgar la autorización administrativa para la construcción de la instalación eléctrica del proyecto de ejecución de ampliación SE Besós Nova con dos nuevas posiciones de 220 kV, línea Badalona 2 y línea Gramenet, a la empresa Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima, en el término municipal de Sant Adria de Besós. (Barcelonés).

2. Declarar la utilidad pública de la instalación eléctrica que se autoriza. Esta declaración de utilidad pública lleva implícita la ocupación urgente de los bienes y derechos afectados que fueron sometidos a información pública en el Anuncio publicado en el DOGC núm. 5291, de 7 de enero de 2009, y comporta las afecciones descritas en el mismo y las que hubiesen podido surgir o modificarse en la tramitación de este expediente.

3. Aprobar el proyecto de ejecución de esta instalación, con las características técnicas siguientes:

La ampliación consiste en dos nuevas posiciones de salida 220 kV, blindadas y aisladas en SF6, de interior, con doble barra partida.

Posición Badalona 2: la nueva línea entre las subestaciones Badalona y Besós Nova a la llegada a la subestación Besós Nova requiere una nueva posición de salida de línea de 220 kV. Esta nueva posición se situará anexa a la posición blindada en 220 kV que se encuentra asociada a la unidad de transformación 220/25 kV y 60 MVA y que es de titularidad de Endesa Distribución Eléctrica, Sociedad Limitada.

Posición Gramenet: la nueva línea entre las subestaciones Gramenet y Besós Nova a la llegada a la subestación Besós Nova requiere una nueva posición de salida de línea de 220 kV. La autorización administrativa y aprobación de esta nueva posición queda condicionada a la presentación, por parte de Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima, de la modificación del proyecto ejecutivo que contenga la descripción de la ubicación definitiva de la nueva posición dentro de la subestación y la justificación del cumplimiento de la normativa vigente en la materia.

Las dos líneas estarán formadas por cables aislados de 220 kV que conectan las subestaciones.

Las posiciones estarán formadas cada una por la siguiente aparamenta: 2 seccionadores de barras con accionamiento eléctrico tripolar, 1 seccionador de puesta a tierra con accionamiento eléctrico tripolar, 1 interruptor automático con accionamiento unipolar, 3 transformadores de intensidad toroidales, 1 seccionador de puesta a tierra con accionamiento eléctrico tripolar, 1 seccionador de línea con accionamiento eléctrico tripolar, 1 seccionador de línea con accionamiento eléctrico tripolar, 1 seccionador de puesta a tierra con cierre accionamiento eléctrico tripolar, 3 transformadores de tensión inductivos, 1 armario de mando local.

Se instalarán redes de tierras inferiores, servicios auxiliares, sistemas de control y protección, sistemas de comunicación, y sistemas de seguridad, contraincendios y antiintrusismo.

Finalidad: mejorar la red de transporte en Barcelona y reforzar el apoyo de la distribución de la zona.

Presupuesto: 1.777.484,00 euros.

Esta Resolución se dicta de acuerdo con lo dispuesto en la normativa anteriormente citada, así como el artículo 17 y el capítulo 4 del Decreto 1775/1967, de 22 de julio, sobre régimen de instalación, ampliación y traslado de industrias, y sometida a las condiciones especiales siguientes:

1. Las instalaciones deberán realizarse de acuerdo con el proyecto técnico firmado por el ingeniero industrial señor Julio Alguacil Prieto y visado por el Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Cataluña, con el núm. 407172, en fecha 6 de agosto 2008, con las variaciones que, si procede, se soliciten y autoricen.

2. La construcción y el funcionamiento de esta instalación eléctrica se someten a lo establecido en el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en centrales eléctricas, subestaciones y centros de transformación, aprobado por el Real decreto 3275/1982, de 12 de noviembre, y sus instrucciones técnicas complementarias, aprobadas por la Orden ministerial de 18 de octubre de 1984; la Ley 12/2008, de 31 de julio, de seguridad industrial, y el resto de disposiciones de aplicación general.

3. La empresa titular será la responsable del uso, la conservación y el mantenimiento de la instalación, de acuerdo con las condiciones de seguridad que requiere la normativa vigente.

4. El plazo para la puesta en marcha de la instalación autorizada será de dos años contados a partir de la fecha de publicación de esta Resolución en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.

5. La Dirección General de Energía y Minas podrá realizar, durante las obras y una vez finalizadas estas, las comprobaciones y las pruebas que consideren necesarias en relación con el cumplimiento de las condiciones generales y especiales de esta Resolución.

6. Con esta finalidad, el titular de la instalación comunicará al mencionado órgano administrativo el inicio de las obras, las incidencias dignas de mención durante su curso y su finalización.

Junto con la comunicación de la finalización de las obras se adjuntará el certificado de dirección y finalización de la instalación que acredite que estas se ajustan al proyecto aprobado, que se ha dado cumplimiento a las normas y disposiciones antes mencionadas y, si procede, se adjuntarán las actas de las pruebas realizadas.

7. La Administración dejará sin efecto esta autorización administrativa por las causas que establece el artículo 34 del Decreto 1775/1967, de 22 de julio, y en el supuesto de incumplimiento, por parte del titular de la instalación, de las condiciones impuestas en ésta.

En este supuesto, la Administración, con la instrucción previa del expediente oportuno, acordará la anulación de la autorización con todas las consecuencias de orden administrativo y civil que se deriven según las disposiciones legales vigentes.

8. Esta autorización se otorga sin perjuicio a terceros y es independiente de las autorizaciones o licencias de competencia de otros organismos o entidades públicas necesarias para realizar las obras y las instalaciones aprobadas.

Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada ante el consejero de Economía y Finanzas, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 114 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre y según la redacción dada por la Ley 4/1999 de 13 de enero.

Barcelona, 23 de junio de 2009.- Agustí Maure Muñoz, Director General de Energía y Minas.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid