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Documento BOE-B-2009-29452

Anuncio de la Confederación Hidrográfica del Duero relativo a la notificación de pliego de cargos formulados en diversos procedimientos sancionadores incoados por infracción al Texto Refundido de la Ley de Aguas.

Publicado en:
«BOE» núm. 207, de 27 de agosto de 2009, páginas 101322 a 101322 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino
Referencia:
BOE-B-2009-29452

TEXTO

No habiéndose podido practicar la notificación de la incoación de expediente sancionador a las personas señaladas por la comisión de infracciones administrativas a las normas que igualmente se especifican del Texto Refundido de la Ley de Aguas, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio (RDL) (BOE del 24 de julio) y del Reglamento del Dominio Público Hidráulico (RDPH), aprobado por Real Decreto 849/1986, de 11 de abril (BOE del 30 de abril), y de acuerdo con los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE del 27 de noviembre), se hace público al efecto de que el interesado pueda formular alegaciones al pliego de cargos y proponer pruebas en el plazo de diez días hábiles, pudiendo, si lo desean, consultar el expediente en el Servicio de Infracciones y Denuncias de esta Confederación (calle Muro, 5, Valladolid) en horario de 9 a 14 horas.

Expediente: 119/09. Interesado: Manuel Vázquez Domínguez. Sanción: de 6.010,13 a 30.050,61 euros. Obligación: Solicitar la legalización de la obra antes de la conclusión del presente expediente sancionador, demoliendo la misma en el plazo de 15 días, si no lo solicitase o si la autorización fuese denegada.

Expediente: 368/09. Interesado: Ricardo González Esteban. Sanción: 6.010,12 euros. Obligación: Reponer las cosas a su estado anterior, inmediatamente.

Expediente: 434/09. Interesado: Las Vegas Agropecuaria de Cantalejo-Tabanera La Luenga. Sanción: 300 euros. Obligación: Evitar el vertido incontrolado de estiércoles o cualquier otro residuo susceptible de degradar cualquier elemento del dominio público hidráulico, así como garantizar la adecuada gestión de los residuos ganaderos de acuerdo con el Código de Buenas Prácticas Agrarias.

Valladolid, 20 de agosto de 2009.- La Jefe de Área de Régimen de Usuarios, Concepción Valcárcel Liberal.

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