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Documento BOE-B-2009-29924

Resolución de la Secretaría General Técnica por la que se notifica a D. Davide Boccolucci la resolución del Secretario General Técnico, de 17 de febrero de 2009, por la que se tiene por desistida y se archiva su solicitud de reconocimiento de título para el ejercicio en España de la profesión de Ingeniero Técnico en Topografía.

Publicado en:
«BOE» núm. 213, de 3 de septiembre de 2009, páginas 103081 a 103081 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-B-2009-29924

TEXTO

Habiendo sido intentada repetida e infructuosamente, en el domicilio señalado por el interesado en Palencia (España), la notificación en la que se comunica a Don Davide Boccolucci, la Resolución del Secretario General Técnico, de 17 de febrero de 2009, por la que se tiene por desistida y se archiva su solicitud de reconocimiento de título, a efectos del ejercicio en España de la profesión de Ingeniero Técnico en Topografía, motivada por no acompañar junto a la solicitud ninguno de los documentos exigidos por la normativa de aplicación, se publica en cumplimiento de lo previsto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Primero.- Se tiene por desistida la solicitud presentada ante el Ministerio de Fomento, por Don Davide Boccolucci, con fecha 23 de abril de 2008, de reconocimiento de título, para el ejercicio en España de la profesión de Ingeniero Técnico en Topografía, al amparo del Real Decreto 1665/1991, de 25 de octubre, por el que se regula el sistema general de reconocimiento de los títulos de Enseñanza Superior de los Estados miembros de la Comunidad Económica Europea, archivándose de acuerdo con lo previsto en el apartado séptimo de la Orden del Ministro de Relaciones con las Cortes y de la Secretaría del Gobierno de 12 de abril de 1993, por la que se desarrolla el citado Real Decreto.

El desistimiento y archivo de la solicitud deja a salvo el derecho del interesado a instar nuevamente el reconocimiento de su titulación, una vez que complete la documentación necesaria para acreditar el cumplimiento de los requisitos establecidos en la citada normativa, conservándose en este Centro la ya aportada.

Segundo.- Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede el interesado interponer el recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes desde su notificación, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y recurso contencioso-administrativo ante la correspondiente Sala de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la recepción de esta notificación, o en su caso a aquél en que se notifique la resolución expresa del recurso de reposición o bien en que éste deba entenderse presuntamente desestimado, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de junio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Madrid, 28 de agosto de 2009.- La Secretaria General Técnica, P.D. (art. 16 Ley 30/1992), el Subdirector General de Normativa y Estudios Técnicos, Andrés Doñate Megías.

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