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Documento BOE-B-2009-30071

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA.

Publicado en:
«BOE» núm. 216, de 7 de septiembre de 2009, páginas 104487 a 104487 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2009-30071

TEXTO

Edicto

Doña María Victoria Basanta Eiras, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Mercantil número dos de Las Palmas,

Por el presente, se hace saber, que en el procedimiento concursal n.º 0000026/2009, seguido a instancias de la Procuradora doña María del Carmen Marrero García, en nombre y representación de la entidad Alimentaciones Ascanio, S.L., se ha dictado Auto el día uno de septiembre del año en curso, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:

Se declara el concurso de la entidad Alimentaciones Ascanio, S.L., con NIF B3579053, el que se tramitará por el procedimiento abreviado.

A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de voluntario.

Se designa como Administrador del concurso al Letrado de esta ciudad don Almeida Santana Juan Claudio.

En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, se acuerda la intervención de dichas facultades.

Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de quince días a contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del Auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el art. 6.3 del Real Decreto 27/03/09 por el cual se modifica el n.º 5.º del apartado 1 del art. 21 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal.

Que los acreedores e interesados que deseen personarse en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC).

Don Carlos Martínez-Uceda Calatrava, Magistrado-Juez. Doña María Victoria Basanta Eiras, Secretario. Firmados y rubricados.

Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en los arts. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente Edicto.

Las Palmas de Gran Canaria, 1 de septiembre de 2009.- La Secretaria Judicial.

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