Edicto
Don Miguel Juanes Hernández, Secretario del Juzgado de lo Mercantil de Ávila,
Hace saber: Que en este Juzgado se sigue procedimiento de Concurso Abreviado con el nº 352/2005 en el que se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:
AUTO
Ilma. Sra.:
Doña María Carmen del Peso Crespos.
En Ávila, a dos de marzo de dos mil nueve
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero.- Con fecha 06-07-05 fue turnada a este Juzgado la anterior solicitud de concurso voluntario de acreedores, a instancia del Procurador Sr. Carlos Sacristán Carrero, en nombre y representación de Principal de Hostelería, S.L., dictándose con fecha 28-07-05 auto de declaración de concurso.
Segundo.- Siguiendo los trámites previstos en la ley Concursal, con fecha 23-06-08 se dictó auto declarando cumplido el convenio, y recibidas las publicaciones, no se han ejercitado las acciones correspondientes.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Único.- De conformidad con el artículo 141 de la Ley Concursal, firme el auto de declaración de cumplimiento y transcurrido el plazo de caducidad de las acciones de declaración de incumplimiento o, en su caso, rechazadas por resolución judicial firme las que se hubieren ejercitado, es procedente dictar auto de conclusión del concurso, al que se dará la publicidad prevista en los artículos 23 y 24 de la citada Ley.
PARTE DISPOSITIVA
Se acuerda la conclusión del concurso voluntario seguido a instancia del Procurador Sr. Carlos Sacristán Carrero, en nombre y representación de Principal de Hostelería, S.L., por cumplimiento del convenio.
Publíquese la presente resolución mediante edictos, que se insertarán en el tablón de anuncios de este Juzgado, Boletín Oficial del Estado, Boletín Oficial de la Provincia y Diario de Avila.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley Concursal, expídanse mandamientos al Registro Mercantil y al Registro de la Propiedad de Avila.
Entréguese al Procurador del solicitante del concurso los referidos edictos y mandamientos.
Notifíquese la presente resolución a las partes en la forma legalmente establecida, haciéndoles saber que la misma es firme y con cabe recurso alguno.
Así por este Auto, lo dispongo, mando y firmo. Doy fe.
EL/LA MAGISTADO-JUEZ EL/LA SECRETARIO
Ávila, 2 de marzo de 2009.- El Secretario.
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