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Documento BOE-B-2009-31764

Resolución de la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa de la Junta de Andalucía, por la que se tiene por desistida de solicitud de autorización administrativa, aprobación del proyecto de ejecución y declaración en concreto de utilidad pública, correspondiente al Gasoducto de Transporte Secundario Rincón de la Victoria-Vélez Málaga-Torrox-Nerja", Fase I". Expte. GNL-71.

Publicado en:
«BOE» núm. 228, de 21 de septiembre de 2009, páginas 111683 a 111684 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Andalucía
Referencia:
BOE-B-2009-31764

TEXTO

Vistos: Los escritos presentados por don Francisco Javier Lara Fornelino, en nombre y representación de la entidad Gas Natural Transporte SDG, S.L., C.I.F. n.º B-63.480.156, con domicilio a efectos de notificaciones en Avenida de América, 38, en Madrid, de desistimiento de las solicitudes de autorización administrativa, aprobación del proyecto y declaración en concreto de utilidad pública de las instalaciones referenciadas, y los siguientes

Antecedentes de hecho

Primero.- El día 3 de julio de 2009, don Francisco Javier Lara Fornelino, en nombre y representación de la entidad Gas Natural Transporte SDG, S.L., presentó escrito de desistimiento de la solicitud de autorización administrativa, aprobación del proyecto y declaración en concreto de utilidad pública de las instalaciones correspondientes al expediente GNL-71, cuyas características eran:

· Descripción de las instalaciones: La canalización tiene su inicio junto a la Posición S-08.4 del Gasoducto Puente Genil–Málaga, propiedad de Enagas, S.A., ubicada en las inmediaciones de los parajes conocidos como "Los Cuatro Vientos–Santa Rita" del término municipal de Málaga, donde se construirá la Posición S-08.4.1 y finaliza en la futura Posición S-08.4.2, en el término municipal de Rincón de la Victoria.

· Instalaciones auxiliares: Dos posiciones, contando la Posición S-08.4.1, que se ubicará en el término municipal de Málaga con una Estación de Regulación y Medida normalizada, una Estación de Protección Catódica y acometida eléctrica.

· Tubería: De acero tipo API 5L Gr.X42, con diámetro de 8 pulgadas, dotada de revestimiento interno y externo y protección catódica. Presión de diseño: 45 bar relativos, para un caudal de 17.000 Nm³/h.

· Longitud: 7.811 metros, de los que 3.310,20 discurrirán por el término de Málaga, 1.896,30 por Totalán y 2.604,50 por Rincón de la Victoria.

· Presupuesto: 1.788.429,03 €.

Fundamentos de Derecho

Primero.- Es competente para la Resolución del presente expediente la Dirección General de Industria, Energía y Minas, quedando delegada dicha competencia en la Delegación Provincial de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa de Málaga, según lo previsto en la Resolución de 28 de enero de 2004 de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se delegan competencias en materia de instalaciones e gas en las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa, en relación con los arts. 81, 84 y 100.1 del Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de gas natural y el Decreto 168/2009 de 19 de mayo, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa.

Segundo.- El art. 91. apdos. 1. y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por Ley 4/1999, de 13 de enero (LRJ-PAC), dispone que "Tanto el desistimiento como la renuncia podrán hacerse por cualquier medio que permita su constancia", como "La Administración aceptará de plano el desistimiento o la renuncia, y declarará concluso el procedimiento".

Asimismo, el art. 42.1 de la LRJ-PAC reza: "La Administración está obligada a dictar resolución expresa en todos los procedimientos y a notificarla cualquiera que sea su forma de iniciación.

En los casos de prescripción, renuncia del derecho, caducidad del procedimiento o desistimiento de la solicitud, así como la desaparición sobrevenida del objeto del procedimiento, la resolución consistirá en la declaración de la circunstancia que concurra en cada caso, con indicación de los hechos producidos y las normas aplicables". En el presente expediente ha sido solicitado el desistimiento por la empresa Gas Natural Transporte SDG, S.L.

Por todo ello, vistos los preceptos legales citados, y conforme a los arts. 42.1 y 92 de la LRJ-PAC arts. 73 y 103 y siguientes de la Ley 34/1998, a los arts. arts. 81, 84 y 100.1 del Real Decreto 1434/2002, así como al art. 52 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de Expropiación forzosa,

Esta Delegación Provincial ha resuelto: Tener por desistida a la entidad Gas Natural Transporte SDG, S.L., C.I.F. nº B-63.480.156, de la solicitud de autorización administrativa, aprobación del proyecto y declaración en concreto de utilidad pública de las instalaciones correspondientes al "Gasoducto de Transporte Secundario Rincón de la Victoria-Vélez Málaga-Torrox-Nerja", Fase I" (expte. GNL-71), declarándose concluso dicho procedimiento.

Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación, conforme a lo establecido en los arts. 107.1,114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por Ley 4/1999, de 13 de enero, y en el art. 115.1 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía ante el Excmo. Sr. Consejero de Innovación, Ciencia y Empresa.

Málaga, 15 de julio de 2009.- El Director General de Industria, Energía y Minas (Por Resolución de 28 de enero de 2004, BOJA n.º 36, de 23 de febrero), la Delegada Provincial, doña Pilar Serrano Boigas.

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