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Documento BOE-B-2009-32139

TARRAGONA.

Publicado en:
«BOE» núm. 231, de 24 de septiembre de 2009, páginas 113479 a 113479 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2009-32139

TEXTO

Juzgado de Primera Instancia número 7 (Mercantil) Taragona, sobre Concurso Voluntario número 279/08-Sección 5.

El Secretario Judicial del Juzgado de Primera Instancia número 7 (Mercantil) de Tarragona, por el presente, hago saber:

Que en los autos seguidos en este Juzgado con el número 279/08 a instancias de Tein Centro Tecnológico del Plástico, S.L., se ha dictado la Sentencia cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

"Sentencia

En Tarragona, a 14 de septiembre de 2009.

La Magistrada titular del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Tarragona, ha conocido de las presentes actuaciones de concurso voluntario de la entidad Tein Centro Tecnológico del Plástico, S.L. NIF B63555304, que ha actuado representada por el Procurador Sr. Garrido Mata y defendida por el Letrado D. José Martrat Sahuquillo.

Fallo

Apruebo, con los efectos previstos en la ley, el convenio propuesto por la empresa declarada en concurso voluntario Tein Centro Tecnológico del Plástico, S.L. NIF B63555304 que fue aceptado en la junta de acreedores celebrada el día 15 de julio de 2009.

Acuerdo el cese de los efectos de la declaración de concurso sobre las facultades de administración y disposición del deudor.

Ordeno la formación de la sección 6ª de calificación del concurso, que se encabezará con el testimonio de esta resolución y del auto de declaración del concurso, en la que será parte la administración concursal, apercibiéndose a los interesados de que disponen de un plazo de diez días desde la última publicación para personarse en la misma y formular alegaciones respecto de la calificación como culpable del concurso.

Notifíquese esta sentencia al concursado, a la administración concursal y a todas las partes personadas en el procedimiento.

Publíquese la sentencia en el Boletín Oficial del Estado y líbrense mandamientos al Registro Mercantil para su inscripción.

Contra esta resolución cabe interponer recurso de apelación que podrá prepararse por escrito ante este Juzgado en el plazo de cinco días desde su notificación.

Así por esta mi Sentencia, lo pronuncio, mando y firmo. Arántzazu Ortiz González."

Y en cumplimiento de lo acordado libro el presente.

En Tarragona, 14 de septiembre de 2009.- El Secretario Judicial.

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