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Documento BOE-B-2009-38611

Anuncio de la Mancomunidad de los Canales del Taibilla relativo a la información pública del estudio de impacto ambiental y "Proyecto de ampliación del abastecimiento a Albudeite y Campos del Río. Tramos III, IV, V y nuevo depósito de Campos del Río (MU/CAMPOS DEL RÍO)".

Publicado en:
«BOE» núm. 272, de 11 de noviembre de 2009, páginas 140596 a 140597 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino
Referencia:
BOE-B-2009-38611

TEXTO

Los primitivos canales de distribución y sus ampliaciones (Canal del Taibilla, Canales de Cartagena, Canal del Segura, Canales de Murcia y Canales de Alicante), son la base de la red de distribución de la Mancomunidad de los Canales del Taibilla, a los que se le incorporan recursos de diferentes procedencias en diversos emplazamientos.

El ramal de alimentación de Albudeite y Campos del Río es una conducción derivada del Canal del Segura. Dicho ramal ha sido ampliado en varias ocasiones en los últimos años, sustituyendo tuberías de fibrocemento por fundición dúctil de mayor diámetro, debido al aumento de consumos de los municipios afectados y a la obsolescencia de las conducciones primitivas que aconsejaron la construcción de un trazado de una conducción nueva que suministrase las necesidades de agua en la zona.

Dentro de ese plan de ampliación y mejora, se contempla la construcción de unos nuevos ramales que mejoren el abastecimiento a Campos del Río, al Polígono Industrial y al Centro Penitenciario Levante I, integrado como Entidad Pública entre los usuarios de la Mancomunidad de los Canales del Taibilla.

Se ha proyectado la ejecución de un ramal común (Tramo III) en diámetro 300 mm con tubería de fundición dúctil, del cual se bifurca un ramal (Tramo IV) en tubería de fundición de 250 mm al nuevo depósito de Albudeite de reciente construcción que tiene una capacidad de 2.000 m³, y otro ramal (tramo V), en tubería de fundición dúctil de 250 mm, al nuevo depósito de Campos del Río de nueva construcción, así como la ejecución del depósito en Campos del Río antes mencionado y que tendrá una capacidad de 4.000 m³.

Sucintamente las obras a llevar a cabo son:

Ramal común a los depósitos: de 5.618,13 metros.

Ramal al depósito de Albudeite: de 1.192,76 metros.

Ramal al depósito nuevo de Campos del Río: de 1.093,57 metros.

Nuevo depósito de Campos del Río: de 4.000 m³ de capacidad.

Cabe destacar que el "Tramo III" de la conducción cruza en un punto el Lugar de Interés Comunitario (LIC) "Río Mula y Pliego", el cual de forma inexcusable hay que atravesar en el P.K. 3+407 (cota 152,51) de dicho tramo, ya que la conducción ha de llegar a los nuevos depósitos y la longitud del Río Mula no permite otra solución de trazado de la tubería en la que este no se vea afectado. El río Mula se atravesará mediante la instalación de la conducción bajo el cauce.

El presente proyecto no se encuentra dentro del anexo I del Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de evaluación de impacto ambiental de proyectos.

En el Anexo II del mismo Real Decreto Legislativo, puede ser enmarcado, el presente proyecto, en el Grupo 9. Otros Proyectos: "Cualquier cambio o ampliación de los proyectos que figuran en los Anexos I y II, ya autorizados, ejecutados o en proceso de ejecución que puedan tener efectos adversos significativos sobre el medio ambiente, es decir, cuando se produzca alguna de las incidencias siguientes...Afección a áreas de especial protección designadas en aplicación a las Directivas 79/409/CEE y 92/43/CEE, o a humedales incluidos en la lista del Convenio Ramsar.

En este caso, la Dirección General de Medio Natural y Política Forestal de la Secretaría General del Medio Natural del Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino, considera que el presente proyecto ha de ser sometido al procedimiento reglado de Evaluación de Impacto Ambiental, ya que se estima que puede tener repercusiones significativas sobre el Lugar de Importancia Comunitaria (LIC) "Río Mula y Pliego", debido a la eliminación de vegetación ribereña y al paso de la conducción por el lecho del río Mula.

El órgano competente para resolver el procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental será la Secretaría de Estado del Cambio Climático del Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino.

Los organismos de los que se puede obtener información pertinente y presentarse alegaciones y consultas son, los que han contestado en la fase de consultas del citado procedimiento. Estos son; el Ayuntamiento de Campos del Río, el Servicio de Patrimonio Histórico de la Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales de la Consejería de Cultura y Turismo de la Región de Murcia, la Dirección General de Patrimonio Natural y Biodiversidad de la Consejería de Agricultura y Agua de la Región de Murcia, la Dirección General de Medio Natural y Política Forestal de la Secretaría General del Medio Natural del Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino, la Dirección General de Ordenación del Territorio de la Consejería de Agricultura y Agua de la Región de Murcia, la Comisaría de Aguas de la Confederación Hidrográfica del Segura del Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino y, la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental de la Secretaría de Estado de Cambio Climático del Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino.

De conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos, se somete a Información Pública el Estudio de Impacto Ambiental y el Proyecto epigrafiado, durante el plazo de 30 días hábiles, contados a partir de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado y en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, periodo durante el cual podrán ser examinados por quienes lo deseen al objeto de formular alegaciones.

La citada documentación estará a disposición de los interesados, en los días y horas hábiles de oficina, en la Mancomunidad de los Canales del Taibilla, sita en la calle Mayor n.º 1, de Cartagena, y será remitida en formato digital a quienes lo soliciten.

Las alegaciones que se considere oportuno presentar deberán dirigirse a la Mancomunidad de los Canales del Taibilla por cualquiera de los medios que al efecto determine la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones y del Procedimiento Administrativo Común.

Cartagena, 2 de noviembre de 2009.- Director, Andrés Martínez Francés.

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