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Documento BOE-B-2009-41683

ALGECIRAS

Publicado en:
«BOE» núm. 290, de 2 de diciembre de 2009, páginas 149913 a 149914 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2009-41683

TEXTO

Edicto

Doña María Angustias Martín Martín, Secretaria del Juzgado de Instrucción número 1 de Algeciras (Antiguo mixto tres),

Doy fe y testimonio:

Que en el Juicio de Faltas número 51/2007 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:

Sentencia

En Algeciras (Cádiz), a tres de marzo de dos mil nueve.

Vistos por su Señoría Doña Elisabeth López Bermejo, Magistrada-Juez del Juzgado de Instrucción número 1 de los de esta ciudad, los autos de Juicio de Faltas que anteceden, seguidos ante este Juzgado, sin intervención del Ministerio Fiscal; entre partes, de una como denunciante Don Jordi Sánchez Monge, asistido por la Letrada Doña Isabel María Salgado Gallego; y de otra, como denunciado Don El Maazouzi Rahhal, quien no compareció pese a estar citado en legal forma y como responsable civil directo Compañía aseguradora La Estrella en representación de la Compañía Aseguradora Italiana Genertel spa, defendido por el Letrado Don Raúl Ramos Gómez; cuyos datos personales ya constan en autos, por presunta falta de lesiones por imprudencia en accidente de circulación.

Fallo

Primero.- En concepto de responsabilidad penal, debo condenar y condeno a Don El Maazouzi Rahhal como autor de una falta de lesiones por imprudencia en accidente de circulación del artículo 621.3 del Código Penal, a la pena de 30 Días-Multa, con una cuota diaria de 6 Euros, lo que supone un total de 180 Euros.

En caso de impago, el condenado quedará sujeto a la responsabilidad personal subsidiaria prevista en el artículo 53 del Código Penal, a razón de 1 día de privación de libertad, por cada 2 cuotas diarias de multa no pagadas.

Segundo.- En concepto de responsabilidad civil, debo condenar y condeno a Don El Maazouzi Rahhal, con responsabilidad civil solidaria de Seguros la Estrella, a que indemnice a Don Jordi Sánchez Monge en la cantidad de 65.974,95 euros por las lesiones sufridas.

Las costas procesales serán abonadas por el condenado.

Esta resolución es susceptible de recurso de apelación en ambos efectos a interponer ante este Juzgado, por escrito, en el plazo de cinco días a contar desde su notificación, para conocimiento de la Iltma. Audiencia Provincial de Cádiz. Una vez firme la misma archívese en el legajo de sentencias, dejando testimonio bastante en autos.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a Don El Maazouzi Rahhal, actualmente paradero desconocido, y su publicación en el Boletín Oficial de Estado, expido la presente en

Algeciras, 6 de octubre de 2009.- La Secretaria.

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