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Documento BOE-B-2009-42545

CÓRDOBA

Publicado en:
«BOE» núm. 296, de 9 de diciembre de 2009, páginas 153261 a 153261 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2009-42545

TEXTO

El Juzgado de lo Mercatil de Córdoba, anuncia:

Que el procedimiento concursal número Concurso Ordinario 77/2009 referente al concursado Actividades de Construcción y Servicios Andaluces, S.L. por auto de fecha de veintiséis de octubre de dos mil nueve se ha acordado lo siguiente:

Se aprueba el plan de liquidación presentado por la entidad Actividades de Construcciones y Servicios Andaluces, S.L al que deberán atenerse las operaciones de liquidación de la masa activa; ajustándose en lo no previsto a las reglas de los artículos 149 a 151 de la Ley Concursal.

Se abre la fase de liquidación que se encabezará con testimonio de esta resolución formándose la sección quinta.

Durante la fase de liquidación quedarán en suspenso las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el Titulo III de la LC.

Se declara disuelta la entidad Actividades de Construcción y Servicios Andaluces S.L., cesando en su función sus administradores, que serán sustituidas por la administración concursal.

Anúnciese por edictos la apertura de la fase de liquidación, que se fijara en el tablón de anuncios del juzgado y se publicarán en el Boletín Oficial del Estado, en los diarios ABC de Córdoba y SUR de Málaga.

Inscribasé asimismo en los Registros correspondientes la apertura de la fase de liquidación, librándose los oportunos mandamientos al Registro Mercantil de Córdoba y a los Registros de la Propiedad Nº 1 y 4 de Córdoba, de Alcalá la Real (Jaen) y de Torrox (Málaga).

Fórmese la sección sexta, de calificación, del concurso, que se encabezará con testimonio de este Auto y a la que se incorporarán testimonios de la solicitud de declaración de concurso, de la documentación que hubiera presentado el deudor con su solicitud y a requerimiento del juez, y del auto de declaración del concurso. Dentro de los diez días siguientes a la última publicación de esta resolución, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse en la sección alegando por escrito cuanto considere relevente para la calificación del concurso como culpable.

Dado en Córdoba, 26 de octubre de 2009.- La Secretario Judicial.

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