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Documento BOE-B-2009-43115

GIRONA

Publicado en:
«BOE» núm. 300, de 14 de diciembre de 2009, páginas 154650 a 154650 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2009-43115

TEXTO

Don Jose Antonio Marquínez Beitia, Secretario Judicial del Juzgado Mercantil número 1 de Girona,

Hago saber: Que en el concurso voluntario número 348/09, se ha acordado, mediante auto de esta fecha, la apertura de la liquidación, de conformidad con lo prevenido en el articulo 143 de la Ley concursal, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva: "Acuerdo: declarar finalizada la fase común del presente procedimiento concursal de las entidades mercantiles Argores Europa, Sociedad Limitada, y Estructures i Construccions Elsa, Sociedad Limitada, y abrir la fase de liquidación, formándose la sección quinta, la cual se encabezará con testimonio de esta resolución.

Durante la fase de liquidación quedarán en suspenso las facultades de administración y disposición de ambas entidades mercantiles concursadas sobre su patrimonio, con todos los efectos establecidos en el Título III de la Ley concursal.

Asimismo, se declara la disolución y el cese de los Administradores o liquidadores, que serán sustituidos por la administración concursal para proceder de conformidad con lo establecido en esta Ley.

Anúnciese por edictos la apertura de la fase de liquidación, que se fijarán en el tablón de anuncios de este Juzgado y se publicarán en el Boletín Oficial del Estado.

Inscríbase, asimismo, en los Registros correspondientes la apertura de la fase de liquidación, librándose los oportunos mandamientos al Registro Mercantil de Girona.

En el plazo de ocho días computados desde la notificación de esta resolución, la administración concursal presentará un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado, conforme a lo dispuesto en el artículo 148 de la Ley Concursal.

Fórmese la sección sexta de calificación del concurso, que se encabezará con testimonio de esta resolución y del auto de declaración de concurso."

Y para que sirva de publicidad a los efectos prevenidos en el artículo 144, en relación con los artículos 23 y 24 de la Ley concursal, expido el presente en

Girona, 30 de noviembre de 2009.- El Secretario Judicial.

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