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Documento BOE-B-2009-43672

GIRONA

Publicado en:
«BOE» núm. 303, de 17 de diciembre de 2009, páginas 155534 a 155534 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2009-43672

TEXTO

Don José Antonio Marquinez Beitía, Secretario Judicial del Juzgado Mercantil número1 de Girona,

Hago saber: Que en el Concurso voluntario abreviado nº 739/09, se ha acordado mediante Auto de esta fecha la admisión a trámite del Concurso de la entidad mercantil Melianta Bulding, Sociedad Limitada con domicilio en Rda. Canaleta s/n de Banyoles, CIF núm. B-17897968, siendo designados como Administrador Concursal a don Josep Mª Calders Pidemunt.

Por el presente, se procede al llamamiento a los acreedores para que pongan en conocimiento de la administración concursal la existencia de los créditos contra el concursado, dentro de quince días a contar desde la última de las publicaciones, comunicación que deberá verificarse por escrito, que se presentará ante el Juzgado referido, firmado por el acreedor, interesado o representante, expresando nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, concepto, cuantía, fecha de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, acompañándose los originales o copias auténticas, del título o documentos relativos al título.

El deudor conserva las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención de los administradores concursales, mediante su autorización o conformidad.

El auto de declaración del concurso así como el resto de resoluciones concursales que conforme a las disposiciones del Real Decreto-ley 3/2009 de 27 de marzo deban ser objeto de publicidad, se insertarán en el Registro Público Concursal con arreglo al procedimiento que reglamentariamente se establezca, a determinar cuando entre en funcionamiento.

En cumplimiento del Real Decreto 3/2009 de 27 de marzo en relación con la disposición transitoria 2ª la publicidad en el BOE será gratuita para el auto de declaración de concurso, de conformidad a la nueva redacción dada al art. 23.1. de la LC.

Y para que sirva de publicidad a los efectos prevenidos en los artículos 6 y 23 de la Ley Concursal, expido el presente.

En Girona, 13 de octubre de 2009.- El Secretario Judicial.

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