Dando cumplimiento a lo preceptuado en el artículo 67.5 de la Ley 48/2003, de régimen económico y de prestación de servicios de los puertos de interés general, se informa que el Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Sevilla en su sesión celebrada el 18 de diciembre de 2008 ha otorgado licencia para la prestación del servicio portuario básico de carga, estiba, desestiba, descarga y transbordo de mercancías en el Puerto de Sevilla a la empresa Terminal Portuaria Esclusa, Sociedad Limitada (ES010). Plazo del 1 de enero de 2009 al 31 de diciembre de 2028.
Se procede a su inscripción de oficio en el Registro de empresas prestadoras de servicios portuarios básicos del Puerto de Sevilla, sección servicio portuario básico de carga, estiba desestiba, descarga y transbordo de mercancías (artículo 69 de la Ley 48/2003).
Sevilla, 8 de enero de 2009.- El Presidente.
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