Está Vd. en

Documento BOE-B-2009-8525

Anuncio de la Subdirección General de Recursos sobre notificación de la resolución recaída en el recurso de alzada número 2008/01739 interpuesto por Tradanaf Transportes, S.L., contra resolución de 23 de mayo de 2008 de la Dirección General de Transportes por Carretera.

Publicado en:
«BOE» núm. 66, de 18 de marzo de 2009, páginas 32175 a 32175 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-B-2009-8525

TEXTO

Intentada notificación al interesado conforme dispone el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y no habiendo sido posible practicarla tras haberse intentado en el último domicilio conocido por dos veces, a los efectos previstos en el citado artículo, por el presente anuncio se notifica a Tradanaf Transportes, S.L. el acto siguiente:

"Esta Secretaría General de Transportes, de conformidad con la propuesta formulada por la Subdirección General de Recursos ha resuelto desestimar el recurso de alzada formulado por Tranadaf Transportes, S.L., contra la resolución de la Dirección General de Transportes por Carretera, de fecha 23 de mayo de 2008, que le sanciona con una multa por un importe total de 1.501,00 euros por la comisión de una infracción grave tipificada en el artículo 141.6 de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres, modificada por la Ley 29/2003, de 8 de octubre por minoración superior al 20% e inferior al 50% en los períodos de descanso obligatorio (Expediente número IC-178/2008), resolución que se declara subsistente y definitiva en vía administrativa.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo con sede en Madrid, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a su notificación.

La referida multa deberá hacerse efectiva dentro del plazo de quince días hábiles a partir del siguiente al de la notificación de la presente resolución, transcurrido el cual sin haber satisfecho la multa impuesta en período voluntario, se exigirá en vía ejecutiva, según lo establecido en los artículos 146.5 de la L.O.T.T. y 215 de su Reglamento de aplicación, incrementada con el recargo de apremio y, en su caso, los correspondientes intereses de demora.

El pago de la multa impuesta se realizará mediante ingreso o transferencia en la Cuenta Corriente de BBVA 0182-9002-42, número 0200000470 – Paseo de la Castellana, 67 (Madrid), haciendo constar expresamente el número del expediente sancionador."

El texto completo de la citada resolución puede ser solicitado por el interesado en la Subdirección General de Recursos, Paseo de la Castellana 67 (Nuevos Ministerios) 28071.-Madrid.

Madrid, 12 de marzo de 2009.- Isidoro Ruiz Girón, Subdirector General de Recursos.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid