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Documento BOE-B-2010-10756

JAÉN

Publicado en:
«BOE» núm. 75, de 27 de marzo de 2010, páginas 33504 a 33504 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO SOCIAL
Referencia:
BOE-B-2010-10756

TEXTO

Cédula de notificación

En el procedimiento procedimiento ordinario 1206/2008 seguido en el Juzgado de Primera instancia nº 2 de Jaén (antiguo mixto nº 8) a instancia de Fernando Lomeña Palma y Francisco Javier Duro Almazán contra Juan Manuel Becerra Lechuga y Eva María Moreno Morales, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

Sentencia nº

En jaén, a 9 de febrero del año dos mil nueve.-

Visto por el Iltre. Sr. D. Juan Carlos Merenciano Aguirre, Juez del Juzgado de 1ª Instancia núm. 2 de esta ciudad, los autos de juicio ordinario núm. 1206/08, seguidos a instancia de Fernando Lomeña Palma y Francisco Javier Duro Almazán, representados por la Procuradora Srª. Villa y dirigidos por los Letrados actores, contra D. Juan Manuel Becerra Lechuga y Dª Eva María Moreno Morales, en rebeldía procesal. En reclamación de cantidad, intereses y costas.

Fallo

Que estimando la demanda promovida por la Procuradora srª. Villa, en nombre y representación de Fernando Lomeña Palma y Francisco Javier Duro Almazán contra D. Juan Manuel Becerra Lechuga y Dª Eva María Moreno Morales, debo condenar y condeno a estos últimos a que abonen, respectivamente, y a cada uno de los actores la cantidad de 1.737,83 euros (esto es, cada demandado ha de abonar esta cifra a cada uno de los actores) con más los intereses devengados sobre dichas cantidades desde el día 29 de octubre de 2007 y hasta su total abono en ambos casos. Con imposición de costas, en forma solidaria, a la parte demandada.

Insértese el original de esta resolución en el libro de sentencias, dejando en los autos certificación literal. Contra esta resolución cabe interponer recurso de apelación en ambos efectos, ante la Iltma. Audiencia provincial de Jaén, en los 5 días siguientes a su notificación.

Así por esta mi sentencia que se notificará a las partes en legal forma, definitivamente juzgado en la instancia lo pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al/a los demandado/s Juan Manuel Becerra Lechuga y Eva María Moreno Morales, extiendo y firmo la presente en Jaén a, 28 de abril de 2009.- El/La Secretario.

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