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Documento BOE-B-2010-13750

Resolución de 5 de abril de 2010, de la Secretaría General de Medio Rural, por la que se somete a información pública la propuesta de extensión de norma y de aportación económica obligatoria, formulada por la Organización Interprofesional de la Aceituna de Mesa.

Publicado en:
«BOE» núm. 94, de 19 de abril de 2010, páginas 42402 a 42404 (3 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino
Referencia:
BOE-B-2010-13750

TEXTO

A los efectos previstos en el articulo 10 de la Ley 38/1994, de 30 de diciembre, reguladora de las organizaciones interprofesionales agroalimentarias, y en el artículo 13 de su Reglamento, aprobado por Real Decreto 705/1997, de 16 de mayo, se somete a información pública el acuerdo adoptado por la Organización Interprofesional de la Aceituna de Mesa, en su Asamblea General Extraordinaria celebrada el 19 de febrero de 2010, cuyo texto literal, según certificación aportada, figura en el anexo I. El expediente de solicitud de extensión de norma presentado por la Organización Interprofesional de la Aceituna de Mesa, así como la legislación aplicable, puede ser examinado en las dependencias relacionadas en el anexo II. Las alegaciones que se estimen oportunas, podrán formularse en el plazo de quince días, contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente resolución en el "Boletín Oficial del Estado".

Anexo I. Acuerdo relativo a la solicitud de extensión de norma de la aportación económica obligatoria para realizar campañas de promoción de la aceituna de mesa, mejorar la información y conocimiento sobre las producciones y los mercados y realizar programas de investigación, desarrollo, innovación tecnológica y estudios durante las campañas 2010/2011, 2011/2012 y 2012/2013.

En la reunión de la Asamblea General Extraordinaria de la Organización Interprofesional de la Aceituna de Mesa, válidamente convocada y constituida, según se establece en su normativa estatutaria, el día 19 de febrero de 2010, se aprobaron por unanimidad los siguientes acuerdos: Realización de campañas de promoción de la aceituna de mesa, mejora de la información y conocimiento sobre las producciones y los mercados y realización de programas de investigación, desarrollo, innovación tecnológica y estudios durante las campañas 2010/2011, 2011/2012 y 2012/2013.

La Asamblea acuerda, al amparo de lo dispuesto en el Artículo 8 de los Estatutos de la Organización, realizar campañas de promoción de la aceituna de mesa, mejorar la información y conocimiento sobre las producciones y los mercados, y realizar programas de investigación, desarrollo, innovación tecnológica y estudios, con aportaciones para financiar las mismas de los productores, importadores, entamadores, envasadores y demás agentes del sector que operan en territorio nacional actividades de producción, importación, entamado, envasado y comercialización.

Propuesta de Extensión de Norma. Siendo las acciones que se van a acometer de las previstas en el artículo 8, apartado 1, letras c), d) y e), de la Ley 38/1994, de 30 de diciembre, reguladora de las Organizaciones Interprofesionales Agroalimentarias y en consonancia con el acuerdo previo, se acuerda elevar al Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino la propuesta de Extensión de Norma y aportación económica obligatoria, referida a las campañas 2010/2011, 2011/2012 y 2012/2013, para su aprobación y consiguiente promulgación mediante la correspondiente Orden Ministerial.

Así mismo, en relación con las acciones para las que se solicita la Extensión de Norma, se acuerda:

Aportación obligatoria. En la campaña 2010/2011, una vez entrada en vigor la norma, desde el 1 de septiembre de 2010 hasta el 31 de agosto de 2011, la aportación obligatoria sea de 5,1 euros/1.000 kilogramos de aceituna de mesa destinada al mercado, para consumo directo o uso industrial, correspondiendo 1,7 euros/1.000 kilogramos al productor (peso de aceituna cruda), 1,7 euros/1.000 kilogramos al entamador (peso de aceituna cruda que entre en la entamadora) y 1,7 euros/1.000 kilogramos al envasador (peso de aceituna entera escurrida que entra en la envasadora) cuyo producto se destine tanto a consumidor final como a industria, ya sea en el mercado interior o exterior. Corresponderá al importador de aceituna cruda una aportación de 1,7 euros/1.000 kilogramos (peso de aceituna cruda), mientras que el importador de aceituna entamada deberá aportar 3,4 euros/1.000 kilogramos (peso de aceituna entera escurrida) por los conceptos de producción y entamado.

Se considerará dentro del concepto de "envasado" la aceituna vendida a granel por los entamadores a otros operadores o a industrias no registradas como envasadoras de aceituna de mesa y, en general, a cualquier empresa que manipule o comercialice el producto y no esté registrado como operador. En estos casos el entamador realizará la aportación correspondiente a la Extensión de Norma en concepto de "envasado". Las empresas que realicen varias actividades, como pueden ser la de entamado y envasado o importación y envasado aportarán la cantidad correspondiente a cada una de estas actividades.

Aportaciones obligatorias campañas 2011/2012 y 2012/2013. La Asamblea acuerda que la aportación obligatoria para las campañas de comercialización 2011/2012 y 2012/2013 sea continua y según lo definido para la campaña 2010/2011. La aportación obligatoria tendrá vigencia hasta 31 de agosto de 2013.

En el caso de que el desarrollo de las actuaciones lo requiera, la Organización Interprofesional de la Aceituna de Mesa acuerda poder revisar a la baja el importe de la aportación obligatoria. En caso de nuevo acuerdo al respecto por parte de la Organización Interprofesional de la Aceituna de Mesa, éste será comunicado al Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino con anterioridad al inicio de campaña

Fecha límite. La fecha límite de entrega de la aportación obligatoria por parte de los operadores a la Organización Interprofesional de la Aceituna de Mesa quede fijada en el día 10 de cada mes, correspondiendo con la fecha límite de presentación de declaraciones de producción y existencias a la Agencia para el Aceite de Oliva, conforme a cuanto recogido en la Orden APA/2677/2005 y sucesivas modificaciones.

En la campaña 2012/2013, última afectada por la solicitud de Extensión de Norma, se acuerda que los operadores versen la aportación correspondiente a las cantidades pendientes de puesta en el mercado en el último plazo de aportación, que vencerá el día 10 de septiembre de 2013. En caso de solicitud y aprobación de una tercera Extensión de Norma, el pago por estas cantidades pendientes de aportación continuará realizándose según cuanto previsto en la misma.

La Asamblea faculta al Presidente y a la Gerente para que procedan a realizar las acciones pertinentes ante el Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino para tramitar la solicitud de Extensión de Norma."

Anexo II. Relación de dependencias administrativas en las que puede examinarse el expediente de solicitud de extensión de norma y aportación económica presentado por la organización interprofesional de la aceituna de mesa.

Área Funcional de Agricultura y Pesca de la Delegación del Gobierno en Sevilla, plaza de España, Sector 3; Área Funcional de Agricultura y Pesca de la Subdelegación del Gobierno en Almería, calle Arapiles, 19; Área Funcional de Agricultura y Pesca de la Subdelegación del Gobierno en Cádiz, calle Acacias, 2, bajo; Área de Agricultura de la Subdelegación del Gobierno en Córdoba, plaza de la Constitución, 1; Área Funcional de Agricultura y Pesca de la Subdelegación del Gobierno en Granada, calle Acera de Darro, 2-3; Área Funcional de Agricultura y Pesca de la Subdelegación del Gobierno en Huelva, calle Vázquez López, 12, 1.º; Área de Agricultura de la Subdelegación del Gobierno en Jaén, plaza de la Batallas, 2; Área Funcional de Agricultura y Pesca de la Subdelegación del Gobierno en Málaga, plaza de la Aduana, s/n; Área Funcional de Agricultura de la Delegación del Gobierno en Zaragoza, calle Fernando el Católico, 63-65, 1.ª planta.; Área de Agricultura de la Subdelegación del Gobierno en Teruel, plaza de San Juan, 4; Área Funcional de Agricultura y Pesca de la Subdelegación del Gobierno en Tarragona, plaza Imperial Tarraco, 4; Área Funcional de Agricultura de la Delegación del Gobierno en Toledo, plaza Zocodover, 6; Área Funcional de Agricultura de la Subdelegación del Gobierno en Albacete, avenida de España, 7; Área Funcional de Agricultura de la Subdelegación del Gobierno en Ciudad Real, plaza de Cervantes, 1; Área Funcional de Agricultura y Pesca de la Delegación del Gobierno en Valencia, calle Joaquín Ballester, 39, 9.ª; Área Funcional de Agricultura y Pesca de la Delegación del Gobierno en Murcia, avenida Alfonso X El Sabio, 6; Área Funcional de Agricultura de la Delegación del Gobierno en Badajoz, avenida Europa, 1; Área de Agricultura de la Subdelegación del Gobierno en Cáceres, avenida Virgen de la Montaña, 3; Subdirección General de Estructura de la Cadena Alimentaria, Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, paseo Infanta Isabel, 1, Madrid.

Madrid,, 5 de abril de 2010.- La Secretaria General de Medio Rural.

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