Está Vd. en

Documento BOE-B-2010-14896

Resolución de la Agencia Española de Protección de Datos por la que se procede a la publicación oficial de extracto de la Resolución del procedimiento sancionador PS/00435/2009.

Publicado en:
«BOE» núm. 101, de 27 de abril de 2010, páginas 47384 a 47384 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Agencia Española de Protección de Datos
Referencia:
BOE-B-2010-14896

TEXTO

Habiéndose intentando la notificación de la resolución, por dos veces, (25/02/2010 Y 06/04/2010) sin que se haya podido practicar en el domicilio de D. Javier Gómez Santos según prevé el artículo 58 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificado por la Ley 4/1999, de 13 de enero (LJPAC), procede acudir al medio de notificación previsto en el artículo 59.5, en el modo que prevé el artículo 61 de la citada Ley. En consecuencia, a continuación se transcribe, y para que sirva de conocimiento, extracto de la resolución R/0157/2010, de 24/02/2010, del procedimiento sancionador nº PS/435/2009. El Director de la Agencia Española de Protección de Datos resuelve: Imponer a Data Integral Action, S.L., por una infracción del artículo 6 de la LOPD, tipificada como grave en el artículo 44.3.d) de dicha norma, una multa de 60.101,21 (sesenta mil ciento un mil con veintiún céntimos de euro) de conformidad con lo establecido en el artículo 45.2 y 4 de la citada Ley Orgánica.

Contra aquella resolución, notificada conforme al artículo 59.5 de la LRJPAC, que pone fin a la vía administrativa (artículo 48.2 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre), y de conformidad con lo establecido en el artículo 116 de la LRJPAC, que la modifica, los interesados podrán interponer, potestativamente, recurso de reposición ante el Director de la Agencia Española de Protección de Datos en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la notificación de aquella resolución, o, directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional con arreglo a lo dispuesto en el artículo 25 y en el apartado 5 de la disposición adicional cuarta de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde desde el día siguiente a la notificación de este acto, según lo previsto en el artículo 46.1 del referido texto legal. Para su conocimiento, una copia de la resolución, podrá ser solicitada en las oficinas de la Agencia. Madrid.

Madrid, 16 de abril de 2010.- El Director de la Agencia Española de Protección de Datos, don Artemi Rallo Lombarte.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid