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Documento BOE-B-2010-14935

GIRONA

Publicado en:
«BOE» núm. 102, de 28 de abril de 2010, páginas 47424 a 47426 (3 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2010-14935

TEXTO

Don José Antonio Marquínez Beitia, Secretario Judicial del Juzgado de Mercantil núm. 1 de Girona,

Hago saber: Que en el Concurso voluntario n.º 557/09 se ha acordado mediante Auto de esta fecha la apertura de la liquidación de conformidad con lo prevenido en el art 143 de la Ley Concursal el cual es del tenor literal siguiente:

Juzgado Mercantil 1 Girona.

Av. Ramón Folch, 4-6.

Girona.

Procedimiento Concursal 557/2009 Pieza 5.

Concursada Maglocork S.L.U.

Procuradora Sra. Edurne Díaz Tarragó.

Administrador: Sr Emili Puig Ridaura.

Auto.

Magistrado Juez, don Hugo Novales Bilbao.

En Girona, a quince de abril de dos mil diez.

Antecedentes de hecho.

Primero- Que por auto de fecha 06 de julio de 2009 se acordó declarar en estado de concurso voluntario la entidad mercantil Maglocork S.L.U.

Segundo- Que en fecha 30 de setiembre de 2009 por el Administrador Concursal se ha presentado el informe, junto con el inventario de bienes y derechos del deudor y la lista de acreedores.

La presentación del informe ha sido comunicada a las partes y anunciada por edictos, fijados en el tablón de anuncios del Juzgado y publicados en el Boletín Oficial del Estado, haciendo saber que contra el inventario y la lista de acreedores podrían presentarse impugnaciones en el plazo de diez días computados desde la última publicación del edicto que tuvo lugar el día 30 de setiembre de 2009.

Tercero- Que por la representación de Schindler S.L.U se presentó incidente concursal, registrándose con el número 1217/2009, habiéndose dictado sentencia en fecha 22 de diciembre de 2009.

Cuarto-En el presente procedimiento concursal, la Procuradora doña Edurne Díaz Tarragó, en nombre y representación de la entidad mercantil Maglocork S.L. solicitó, al amparo del artículo 142.1 apartado 1.º, la liquidación del concurso en escrito de fecha 14 de octubre de 2009 aportando de conformidad con el artículo 6.4 de la Ley Concursal, propuesta de plan de liquidación.

Fundamento de derecho.

Primero- Dispone el artículo 142.2 de la Ley Concursal que, dentro de los quince días siguientes a la finalización del plazo de impugnación del inventario y de la lista de acreedores,si no se hubieren presentado impugnaciones o, de haberse presentado a la fecha en que se pongan de manifiesto los textos definitivos del informe de la administración concursal y de sus documentos complementarios, el Juez, si el deudor tiene solicitada la liquidación del concurso, debe dictar auto poniendo fin a la fase común y abriendo la liquidación de concurso.

Segundo-En el presente caso, el procedimiento concursal se encuentra en el trámite previsto en el precepto acabado de citar, y por otra parte, el deudor tiene solicitada la liquidación del concurso, por lo que resulta forzoso proceder conforme a lo solicitado, ya que esta petición del deudor resulta vinculante para el juzgador.

Tercero-Abierta la fase de liquidación procede acordar lo previsto para la misma en los artículos 144, 145, 146, 148 y 163.1.2 de la Ley concursal.

Parte dispositiva.

Acuerdo: Declarar finalizada la fase común del presente procedimiento concursal de la entidad Maglocork S.L.U y abrir la fase de liquidación formándose la sección quinta, la cual se encabezará con testimonios de esta resolución.

Durante la fase de liquidación quedarán en suspenso las facultades de administración y disposición de la entidad concursada sobre su patrimonio, con todos los efectos establecidos en el Título III de la Ley Concursal. Asimismo, se declara la disolución y el cese de los administradores o liquidadores, que serán sustituidos por la administración concursal para proceder de conformidad con lo establecido en esta Ley.

Anúnciese por edictos la apertura de la fase de liquidación, que se fijarán en el tablón de anuncios de este Juzgado y se publicarán en el Boletín Oficial del Estado.

Inscríbase, asimismo, en los Registros correspondientes la apertura de la fase de liquidación, librándose los oportunos mandamientos al Registro Mercantil de Girona y al Registro de la Propiedad nº4 de Girona.

En el plazo de ocho días computados desde la notificación de esta resolución, la administración concursal presentará un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado, conforme a lo dispuesto en el artículo 148 de la Ley Concursal.

Formándose la Sección sexta de calificación del concurso que se encabezará con testimonios de esta resolución y del auto de declaración de concurso.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de cinco días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyo requisitos no se admitirá el recurso(artículo 197.2 de la Ley Concursal y 451, 452 de la Ley de Enjuiciamiento Civil)

Así lo manda y firma el Magistrado Juez, don Hugo Novales Bilbao del Juzgado Mercantil 1 Girona, de lo que doy fe.

El Magistrado Juez. El Secretario Judicial.

Y para que sirva de publicidad a los efectos prevenidos en el artículo 144 en relación con los arts. 23 y 24 de la Ley Concursal, expido el presente en

Girona, 15 de abril de 2010.- El Secretario Judicial.

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