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Documento BOE-B-2010-24081

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

Publicado en:
«BOE» núm. 164, de 7 de julio de 2010, páginas 78889 a 78889 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2010-24081

TEXTO

Edicto

Doña Teresa Hernández Rivero, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1[p1] de Las Palmas de Gran Canaria[p2].

Por el presente se hace saber: Que en el procedimiento concursal 0000007/2010[p3], seguido a instancias del Procurador don José Luis Ojeda Delgado[p4], en nombre y representación de Boulmich, S.L.[p5], se ha dictado Auto el día 17 de mayo de 2010, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:

Se declara el concurso de Boulmich, S.L.[p6], con CIF[p7] B35067461[p8], el que se tramitará por el procedimiento abreviado[p9].

A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de voluntario[p10].

Se designa como Administrador del concurso a don Mauro Rufino Vega Vega, en su condición de abogado. [p11] [p12]

En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, se acuerda; la intervención de dichas facultades, mediante su autorización o conformidad [p13].

Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del Auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el art. 6.3 del Real Decreto-Ley 3/2009, de 27 de marzo, de medidas urgentes en materia tributaria, financiera y concursal, por el cual se modifica el n.º 5.º del apartado 1 del art. 21 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal.

Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC.).

Don Jesús Alemany Eguidazu[p14], Magistrado-Juez[p15]. Doña Teresa Hernández Rivero, Secretaria Judicial.-Firmados y rubricados.

Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente edicto.

Las Palmas de Gran Canaria, 22 de junio de 2010.- Secretaria Judicial.

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