De acuerdo con el Título IX de la citada Ley 54/1997, de 27 de noviembre, la declaración de utilidad pública de esta instalación lleva implícita en todo caso la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de derechos afectados e implicará la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de expropiación Forzosa. Proyecto de ejecución de Modificación de la línea aérea de transporte de energía eléctrica a 400 KV simple circuito Grijota-Vitoria, en el vano 24-25 para reglamentar el cruzamiento con la nueva L.E. 220 KV entrada y salida en Palencia de la línea T. Mudarra 2-Vallejera. N.I.E. 5.521 Igualmente llevará implícita la autorización para el establecimiento o paso de la instalación eléctrica sobre terrenos de dominio, uso o servicio público o patrimoniales del estado, o de las Comunidades Autónomas, o de uso público, propios o comunales de la provincia o municipio, obras y servicios de los mismos y zonas de servidumbre pública.
Durante el plazo de veinte días hábiles, los interesados podrán examinar los proyectos de las instalaciones en la oficina de este Servicio Territorial, sita en Palencia, Avenida Casado del Alisal, 27 - planta baja. Durante el mismo plazo, y en la misma oficina, podrán presentar, por escrito y dirigidas a este Servicio Territorial, las alegaciones que estimen oportunas.
Los bienes o derechos objeto de expropiación se relacionan a continuación:
Finca |
Titular |
Polígono |
Parcela |
Vuelo Long. (m) |
Vuelo Sup. (m²) |
Nº Apoyos |
Sup. apoyos (m²) |
Ocupación Temporal |
Servidumbre de paso |
Naturaleza del terreno |
1 |
Doyague Retuerto, Eugenio |
505 |
84 |
T-24b |
217 |
1.165 |
44 |
Labor o Labradío Secano |
||
2 |
Doyague Retuerto, Eugenio |
505 |
96 |
126 |
Labor o Labradío Secano |
Palencia, 11 de junio de 2010.- El Jefe de Servicio Territorial de Industria, Comercio y Turismo, don Marcelino de Manuel Mortera.
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