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Documento BOE-B-2010-33735

ALICANTE

Publicado en:
«BOE» núm. 240, de 4 de octubre de 2010, páginas 107496 a 107496 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2010-33735

TEXTO

Doña Pilar Solanot García, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Alicante,

Hago saber: Que en el procedimiento Proc. Concursal Abreviado 000316/2009-A sobre declaración de concurso de las mercantiles Andema III, S.L., con domicilio en la c/ Almacenistas, M2, M3, Polígono Finca Lacy, de Elda, Alicante y C.I.F. número B-03662343 y Andemalda, S.L., con domicilio en la calle Juan Carlos I, 10, Monovar, Alicante, y C.I.F. número B-53077541, se ha dictado el 20-09-10 auto declarando de oficio la apertura de la fase de liquidación al no haberse presentado propuesta de convenio, en el que se acuerda dar publicidad a los siguientes datos:

Parte Dispositiva

1. Se decreta la apertura de la fase de liquidación.

2. Se decreta la suspensión de las facultades de administración y disposición del deudor sobre su patrimonio, con todos los efectos previstos en el Titulo III de la Ley Concursal.

3. Se declara la disolución de la mercantil, así como en todo caso el cese de los administradores o liquidadores, que serán sustituidos por la administración concursal.

4. Se declara el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones.

5. Preséntese por el administrador concursal en el plazo de ocho días siguientes a la notificación, el plan de liquidación previsto en el art. 148 LC.

6. Procédase a la formación de la sección sexta, de calificación del concurso, son testimonio de la presente y demás particulares previstos en el Art. 167 LC.

Dentro de los cinco días siguientes a la ultima de las publicaciones del presente auto, cualquier acreedor o persona con interés legítimo podrá personarse en la sección sexta alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable. (Art. 168 LC). Comuníquese a la administración concursal la fecha de expiración del plazo de personación de interesados para, vencida, proceda a evacuar el informe prevenido en el art. 169 LC.

Notifíquese la presente resolución al concursado y a todas las partes personadas en el procedimiento, procediéndose a la publicación de edicto en el tablón de anuncios de este Juzgado y en el BOE por plazo de diez días.

Líbrese mandamiento al Registro Mercantil para que practique las inscripciones correspondientes respecto de la disolución de la concursada y de las facultades de la administración concursal.

Alicante, 20 de septiembre de 2010.- Secretaria Judicial.

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